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Decreto núm. 745, publicado el 02 de Enero de 1986. DISPONE LA APLICACION DEL ACUERDO REGIONAL RELATIVO A LA PREFERENCIA ARANCELARIA REGIONAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

DISPONE LA APLICACION DEL ACUERDO REGIONAL RELATIVO A LA PREFERENCIA ARANCELARIA REGIONAL

Núm. 745.- Santiago, 27 de Agosto de 1985.- Vistos y Considerando: La Ley N° 18.158; las facultades que me confiere el Tratado de Montevideo de 1980; el Oficio Ordinario N° 105/184 de la Dirección de Asuntos Económicos Bilaterales de 27 de Junio de 1984 y el Oficio Reservado N° 4033 de fecha 16 de Julio de 1985 de la Dirección General de Relaciones Económicas Internacionales del Ministerio de Relaciones Exteriores,

Decreto:

Artículo 1°

Dispónese la aplicación del Acuerdo Regional relativo a la Preferencia Arancelaria Regional (Acuerdo Regional N° 4), suscrito en Montevideo, Uruguay, el 27 de Abril de 1984, entre los Gobiernos de la República de Bolivia, de la República Federativa del Brasil, de la República de Chile, de la República del Ecuador, de la República del Paraguay, de la República Oriental del Uruguay, de la República de Venezuela, de la República Argentina, de la República de Colombia, de los Estados Unidos Mexicanos y de la República del Perú, cuyo texto figura en el Anexo I del presente decreto.

Artículo 2°

Quedan excluidos de la aplicación de la Preferencia Arancelaria Regional a que se refiere el artículo primero del Apéndice I, la importación de los productos que figuran en la Lista de Excepciones de Chile y que se incluye en el Anexo II del presente decreto.

Artículo 3°

La Preferencia Arancelaria Regional entrará en vigencia a partir del 1° de Julio de 1984 y consistirá en una reducción porcentual de los gravámenes aplicables a las importaciones desde terceros países de un 7% para Bolivia, Ecuador y Paraguay; de un 5% para Colombia, Perú, Uruguay, y Venezuela y de un 3% para Argentina Brasil y México.

Artículo 4°

La publicación de los Apéndices a que alude el presente decreto se hará de conformidad con el sistema...

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