Resolución núm. 2332 EXENTA, publicada el 11 de Agosto de 2011. ESTABLECE VALOR DE COMPRA APLICABLE PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA ESPECIAL DE RENOVACIÓN DE BUSES, MINIBUSES, TROLEBUSES Y TAXIBUSES - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469601562

Resolución núm. 2332 EXENTA, publicada el 11 de Agosto de 2011. ESTABLECE VALOR DE COMPRA APLICABLE PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA ESPECIAL DE RENOVACIÓN DE BUSES, MINIBUSES, TROLEBUSES Y TAXIBUSES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

ESTABLECE VALOR DE COMPRA APLICABLE PARA LA IMPLEMENTACIÓN DEL PROGRAMA ESPECIAL DE RENOVACIÓN DE BUSES, MINIBUSES, TROLEBUSES Y TAXIBUSES

Núm. 2.332 exenta.- Santiago, 9 de agosto de 2011.- Visto: La Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado Nº 18.575, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL Nº 1, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el artículo cuarto transitorio de la ley Nº 20.378; la ley Nº 18.059; la ley Nº 18.696; el DL Nº 557; el DFL Nº 343, de 1953, y el DFL Nº 279, de 1960, ambos del Ministerio de Hacienda; el decreto supremo Nº 44, de 2011, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones, Hacienda e Interior; la resolución Nº1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y demás normativa aplicable.

Considerando:

  1. Que el 5 de septiembre de 2009 se publicó en el Diario Oficial la ley Nº 20.378, que crea un mecanismo de subsidio de cargo fiscal, destinado a compensar los menores pagos que realizan los estudiantes en los servicios de transporte público remunerado de pasajeros.

  2. Que la ley citada establece, en su artículo cuarto transitorio, un aporte especial a los Gobiernos Regionales para el Transporte y Conectividad, para lo cual se constituyó una provisión especial en el presupuesto anual de la Subsecretaría de Desarrollo Regional y Administrativo del Ministerio del Interior.

  3. Que entre los gastos e inversiones contemplados con cargo a esta asignación, tomando en cuenta su impacto o rentabilidad social, se encuentra la ejecución de un programa especial, mediante el cual los Gobiernos Regionales estarán facultados para convocar a un proceso de renovación de buses, minibuses, trolebuses y taxibuses.

  4. Que mediante decreto supremo Nº 44, de 2011, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones, Hacienda e Interior, se aprobó el Reglamento del Programa Especial de Renovación de Buses, Minibuses, Trolebuses y Taxibuses.

  5. Que el artículo 7º, del Reglamento antes señalado, determina la fórmula de cálculo del valor de compra del vehículo entrante, considerando como variables la diferencia de externalidades calculadas, tomando en cuenta años completos y asumiendo que el cálculo se realiza al principio de cada año, el ponderador de plazas, montos mínimos, la antigüedad de los vehículos, entre otros.

  6. Que, según establece el mismo artículo indicado en el Considerando...

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