Resolucion núm. 261, el 15 de Febrero de 2006. ANTEPROYECTO DE NORMAS SECUNDARIAS DE CALIDAD AMBIENTAL PARA LA PROTECCION DE LAS AGUAS CONTINENTALES SUPERFICIALES DE LA CUENCA DEL RIO MAIPO - SECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470543234

Resolucion núm. 261, el 15 de Febrero de 2006. ANTEPROYECTO DE NORMAS SECUNDARIAS DE CALIDAD AMBIENTAL PARA LA PROTECCION DE LAS AGUAS CONTINENTALES SUPERFICIALES DE LA CUENCA DEL RIO MAIPO

Publicado enDiario Oficial
EmisorSECRETARÍA GENERAL DE LA PRESIDENCIA
Rango de LeyResolución

ANTEPROYECTO DE NORMAS SECUNDARIAS DE CALIDAD AMBIENTAL PARA LA PROTECCION DE LAS AGUAS CONTINENTALES SUPERFICIALES DE LA CUENCA DEL RIO MAIPO

Por Resolución Nº 261 del 2 de febrero de 2006, de la Directora Ejecutiva de la Comisión Nacional del Medio Ambiente, se aprobó el anteproyecto mencionado y se ordenó someterlo a consulta.

Dentro del plazo de 60 días, contados desde la presente publicación cualquier persona podrá formular observaciones al presente anteproyecto. Dichas observaciones deberán ser presentadas, por escrito, en la Comisión Regional del Medio Ambiente correspondiente al domicilio del interesado.

El texto completo del presente anteproyecto puede ser consultado en la pagina web de CONAMA:

www.conama.cl.

Dicha resolución ordena publicarlo en extracto que es del tenor siguiente:

Objetivo de

Protección

Ambiental Mantener y recuperar la calidad de las

aguas superficiales de la cuenca del

río Maipo, para salvaguardar su

aprovechamiento y para proteger y

conservar las comunidades acuáticas, la

vida silvestre y los ecosistemas,

maximizando los beneficios ambientales,

sociales y económicos.

Ámbito

Territorial

de Aplicación Ríos Maipo, Volcán, Yeso, Colorado,

Olivares, Mapocho, San Francisco,

Molina, Angostura en su tramo ubicado

en la Región Metropolitana, y los

esteros Yerba Loca, Lampa, Arrayán,

Colina, Puangue, El Manzano, Manzanito,

El Canelo, San Nicolás, Las Hualtatas

y Quebrada de Ramón.

Vigencia Entraran en vigencia el día en que se

publique en el Diario Oficial el

decreto supremo que las establezca.

Fiscalizadores Dirección General de Aguas y Servicio

Agrícola y Ganadero.

Programa de

Vigilancia Control vía programa de vigilancia,

aprobado por resolución de DGA o SAG,

en coordinación con CONAMA. El programa

será de conocimiento público y señalará

datos de las áreas de vigilancia,

estaciones de monitoreo, frecuencia de

monitoreo y metodologías de muestreo y

de análisis seleccionadas de las

indicadas en el anteproyecto.

Fundamentos En términos cualitativos, el agua

constituye una parte esencial de los

ecosistemas acuáticos de la cuenca

hidrográfica del río Maipo. Una

reducción de la calidad del recurso,

genera efectos negativos sobre dichos

ecosistemas, por lo que es necesario

recuperar o mantener la calidad de sus

aguas para la conservación de dicha

diversidad, no sólo por su valor

intrínseco, sino también por su

servicio fundamental para el ser

humano.

Las normas secundarias de calidad

...

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