Decreto 989 - OTORGA A EMPRESA COMITE DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO QUEPE S.A. CONCESIONES DE PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE AGUA POTABLE Y DE RECOLECCION Y DISPOSICION DE AGUAS SERVIDAS
Emisor | MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS |
Rango de Ley | Decreto |
OTORGA A EMPRESA COMITE DE AGUA POTABLE Y ALCANTARILLADO QUEPE S.A. CONCESIONES DE PRODUCCION Y DISTRIBUCION DE AGUA POTABLE Y DE RECOLECCION Y DISPOSICION DE AGUAS SERVIDAS
Decreto Nº 989 de fecha 5 de junio de 2002 del Ministerio de Obras Públicas de la República de Chile, tramitado con fecha 25 de junio de 2002.
Otorga a "Empresa" Comité de Agua Potable y Alcantarillado Quepe S.A. las Concesiones de Producción y Distribución de Agua Potable y de Recolección y Disposición de Aguas Servidas para atender localidad de Quepe, ubicada en la comuna de Freire, provincia de Cautín, IX Región.
D e c r e t o:
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- Otórgase a la "Empresa" Comité de Agua Potable y Alcantarillado Quepe S.A., RUT: Nº 96.954.950-6, domiciliada en calle Serrano Nº 571 de la localidad de Quepe, IX Región, las Concesiones de Producción y Distribución de Agua Potable y de Recolección y Disposición de Aguas Servidas para atender localidad de Quepe, ubicada en la comuna de Freire, provincia de Cautín, IX Región.
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- El área comprendida en la concesión o territorio operacional de los servicios de producción y distribución de agua potable, de recolección y disposición de aguas servidas que se otorgan se encuentra identificada y delimitada en los planos codificados con el Nº SC 09-37, denominados "Plano Territorio Operacional Agua Potable" y "Plano Territorio Operacional Aguas Servidas", que forman parte integrante del presente decreto.
En el primer establecimiento, el concesionario consulta dar servicio a 478 arranques de agua potable y 0 uniones domiciliarias de alcantarillado. En tanto, para el año 15 del proyecto final dará servicio a 841 arranques de agua potable y 841 uniones domiciliarias de alcantarillado.
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- El servicio público de producción de agua potable, para los primeros cinco años, será abastecido por la fuente que se describe en el numeral 3.1, letra a de la Ficha de Antecedentes Técnicos (F.A.T.), sobre la cual la concesionaria tiene los derechos que se individualizan en el informe de títulos respectivos y sus antecedentes, bienes que quedan afectados a la concesión, documentos que forman parte integrante del presente decreto.
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- Las condiciones de prestación de los servicios otorgados en concesión, son las establecidas en la Ficha de Antecedentes Técnicos (F.A.T.) Nº SC 09-37, que forma parte integrante del presente decreto.
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- El concesionario queda sujeto a las leyes y reglamentos que regulan el establecimiento, construcción y explotación de servicios...
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