Resolución núm. 1598 EXENTA, publicada el 11 de Septiembre de 2014. DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES QUE SEÑALA Y DELEGA EN EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE INSPECCIÓN Y DIRECTORES REGIONALES DEL TRABAJO, LA FACULTAD ESTABLECIDA EN EL INCISO PENÚLTIMO Y FINAL DEL ARTÍCULO 38 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | DIRECCIÓN DEL TRABAJO |
Rango de Ley | Resolución |
DEJA SIN EFECTO RESOLUCIONES QUE SEÑALA Y DELEGA EN EL JEFE DEL DEPARTAMENTO DE INSPECCIÓN Y DIRECTORES REGIONALES DEL TRABAJO, LA FACULTAD ESTABLECIDA EN EL INCISO PENÚLTIMO Y FINAL DEL ARTÍCULO 38 DEL CÓDIGO DEL TRABAJO
Núm. 1.598 exenta.- Santiago, 3 de septiembre de 2014.- Vistos:
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Lo dispuesto en los artículos 10 y 43 de la ley Nº 18.575. Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado.
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Lo dispuesto en el artículo 5º, letras d), f) y p) del DFL Nº 2, de 30.05.1967, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social.
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La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón.
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Lo dispuesto en el inciso penúltimo y final del artículo 38 del Código del Trabajo.
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La resolución Nº 1.185 de fecha 27.09.2006, que autoriza sistemas excepcionales de distribución de jornadas de trabajo y descansos respecto de guardias de seguridad y vigilantes privados.
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La orden de servicio Nº 5, de fecha 20.11.2009, que Sistematiza y Actualiza los Procedimientos para Autorizar y Renovar Sistemas Excepcionales de Distribución de los Días de Trabajo y Descansos.
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La orden de servicio Nº 2, de fecha 27.01.2014, que Modifica y Complementa orden de servicio Nº 5, señalada en el punto anterior.
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La resolución Nº 422, de fecha 20.03.2014, mediante la cual el Sr. Director del Trabajo, refunde, sistematiza y deja sin efecto resoluciones Nºs 1.134 y 1.513 de fechas 30.10.2001 y 11.09.2013 respectivamente, delegando en el Jefe del Departamento de Inspección y Directores Regionales del Trabajo, la facultad establecida en el inciso penúltimo y final del artículo 38 del Código del Trabajo.
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Los artículos 53, 60, 61, 62 de la ley Nº 19.880, Ley de Bases de Procedimientos Administrativos.
Considerando:
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Que, con fecha 20.03.2014, el Director del Trabajo dictó la resolución Nº 422, mediante la cual se refunde, sistematiza y deja sin efecto resoluciones Nºs 1.134 y 1.513 de fechas 30.10.2001 y 11.09.2013 respectivamente, delegando en el Jefe del Departamento de Inspección y Directores Regionales del Trabajo, la facultad establecida en el inciso penúltimo y final del artículo 38 del Código del Trabajo.
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La conveniencia de descentralizar en las Direcciones Regionales del Trabajo, la autorización, rechazo, renovación, modificación, complementación, invalidación o revocación de resoluciones que establecen sistemas excepcionales de jornadas de trabajos y descansos para el puesto de trabajo de Guardias de Seguridad y Vigilantes Privados, que laboran en establecimientos, ubicados dentro del radio urbano, de acuerdo con lo establecido en la resolución Nº 1.185, de fecha 27.09.2006.
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La existencia de criterios y requisitos claramente...
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