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Decreto 639 - SEÑALA COMO AFECTADAS POR LA CATASTROFE LAS COMUNAS QUE INDICA DE LA PROVINCIA DE ARICA DE LA PRIMERA REGION DE TARAPACA Y DISPONE MEDIDAS

EmisorMINISTERIO DEL INTERIOR
Rango de LeyDecreto

SEÑALA COMO AFECTADAS POR LA CATASTROFE LAS COMUNAS QUE INDICA DE LA PROVINCIA DE ARICA DE LA PRIMERA REGION DE TARAPACA Y DISPONE MEDIDAS

Santiago, 26 de junio de 2001.- Hoy se decretó lo que sigue:

Núm. 639.- Considerando:

Que el último movimiento telúrico que con especial intensidad afectó el día 23 de junio último a la zona situada entre Tacna y el norte de la ciudad de Arequipa, Perú, y zona norte de Chile, en especial a comunas de la provincia de Arica, ha dejado un gran número de personas damnificadas por la destrucción de sus viviendas y de sus lugares de trabajo ubicados en el casco antiguo o zona céntrica de la ciudad de Arica, provocando asimismo daños de envergadura en su infraestructura vial, lugares históricos y en edificios públicos a las que accede un número importante de usuarios y público en general, quedando dichos lugares en situación de riesgo por derrumbes ante la ocurrencia de réplicas o de nuevos sismos de intensidad;

Que el fenómeno referido, se vio intensificado por el temor de la población de verse afectada por un terremoto de mayor envergadura reiteradamente anunciado para la zona y por posibles maremotos que como consecuencia del sismo ocurrido pudiera afectar al borde costero de dicho Puerto;

Que es deber de la autoridad acudir en ayuda de las zonas afectadas a objeto de poner en práctica medidas necesarias para superar la emergencia ocurrida, auxiliar a la población damnificada y recuperar los daños producidos;

Que por lo expuesto se hace necesario decretar como zonas afectadas por la catástrofe a las comunas mayormente dañadas y dictar las medidas pertinentes, sin perjuicio de adoptar otras a futuro que fueran necesarias para superar la emergencia ocurrida y

Visto: Lo dispuesto en el artículo 32 N° 8 de la Constitución Política de la República de Chile; en el decreto supremo N° 104, de 29 de enero de 1977, del Ministerio del Interior, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado del Título I de la ley N° 16.282, sobre Disposiciones Permanentes para casos de sismo o catástrofe y sus modificaciones; en el artículo 10 de la ley N° 10.336, Orgánica de la Contraloría General de República; en la ley N° 19.702, Ley de Presupuestos para el sector público para el año 2001,

D e c r e t o:

Artículo primero

Señálase como afectadas por la catástrofe derivada del fuerte movimiento telúrico acaecido en la zona norte del país, que en su...

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