Decreto 205 - APRUEBA REGLAMENTO ESPECIAL DE CALIFICACIONES DEL PERSONAL AFECTO AL ESTATUTO ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIZACIÓN NACIONAL - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 385690140

Decreto 205 - APRUEBA REGLAMENTO ESPECIAL DE CALIFICACIONES DEL PERSONAL AFECTO AL ESTATUTO ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIZACIÓN NACIONAL

EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyDecreto
Fecha de entrada en vigor11 de Julio de 2012

APRUEBA REGLAMENTO ESPECIAL DE CALIFICACIONES DEL PERSONAL AFECTO AL ESTATUTO ADMINISTRATIVO DE LA DIRECCIÓN GENERAL DE MOVILIZACIÓN NACIONAL

Núm. 205.- Santiago, 29 de octubre de 2010.- Visto:

  1. El artículo 326 de la Constitución Política de la República de Chile;

  2. La Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado;

  3. El artículo 24 de la ley Nº 20.424, Estatuto Orgánico del Ministerio de Defensa Nacional;

  4. El DFL (H) Nº 29 de 2004, que fijó el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.834;

  5. El decreto ley Nº 2.306, de 1978, que dicta normas sobre Reclutamiento y Movilización de las FF.AA.;

  6. El decreto supremo Nº 1.825, de 7.Sep.1998, que Aprueba Reglamento de Calificaciones del Personal Afecto al Estatuto Administrativo;

  7. La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República;

  8. Oficios 19.335, de 2003; 29.752 y 34.730, de 2009, de la Contraloría General de la República.

Considerando: La necesidad que le asiste a la Dirección General de Movilización de contar con un reglamento especial de calificaciones, con el objetivo de adecuar las normas a la realidad y organización de la Dirección, para facilitar y asegurar un proceso eficiente y justo de calificaciones de su personal.

Decreto:

Apruébase el siguiente Reglamento Especial de Calificaciones del Personal afecto al Estatuto Administrativo de la Dirección General de Movilización Nacional.

TÍTULO I
Disposiciones generales Artículos 1 a 15
Artículo 1º

El período objeto de calificación comprenderá doce meses de desempeño funcionario, desde el 1 de junio al 31 de mayo del año siguiente. El proceso de calificaciones deberá iniciarse el 1 de junio y quedar terminado a más tardar el 31 de agosto de cada año. La calificación sólo podrá considerar la actividad desarrollada por el funcionario durante el respectivo período de calificaciones.

Del proceso calificatorio

Párrafo 1º Artículos 2 y 3

De la hoja de vida y de calificación

Artículo 2º

La hoja de vida y la hoja de calificaciones constituyen los elementos básicos del sistema de calificaciones. Además como un instrumento básico del sistema, existirán informes de desempeño del funcionario, el que considerará una hoja de observaciones del funcionario y una hoja auxiliar de precalificación para los efectos de un control propio del precalificador.

Artículo 3º

La Dirección General de Movilización Nacional deberá diseñar y aprobar por resolución, los modelos de hoja de vida, de calificaciones y de informe de desempeño del funcionario, con su respectiva hoja de observaciones, además de la hoja auxiliar de precalificación.

Párrafo 2 ° Artículos 4 a 7

Los factores de calificación

Artículo 4º

La calificación evaluará los factores y subfactores que se señalarán, por medio de notas que tendrán los siguientes valores y conceptos:

Nota 7, excelencia. En su accionar se destaca notoriamente sobre pares, evidenciándose a través de hechos concretos y debidamente fundamentados que consten en su hoja de vida. Sobrepasa permanentemente los requerimientos exigidos por su cargo.

Nota 6, bueno. Su desempeño en el cargo ha sobrepasado en ocasiones las exigencias de sus funciones en el cargo, de lo que hay constancia en su hoja de vida.

Nota 5, suficiente. Su desempeño satisface en forma normal lo esperado para su cargo.

Nota 4, regular. En oportunidades su desempeño está por debajo de lo exigido para el cargo.

Nota 3, deficiente. No cumple con las exigencias que demanda el desarrollo del cargo.

Las notas asignadas a los subfactores respectivos deberán expresarse en entero sin decimales, correspondiendo la nota de cada factor al promedio aritmético de las notas asignadas a los subfactores respectivos.

Las notas asignadas a los factores se multiplicarán por el coeficiente que se establece para cada uno de ellos, lo que dará el número de puntos de cada factor, y la suma de los mismos dará el puntaje final y la lista de calificación que corresponda al empleado. Tanto las notas asignadas a los factores como el puntaje resultante se expresarán hasta con un decimal.

En todo caso si el segundo decimal fuera igual o superior a cinco se aproximará al decimal siguiente.

La asignación de cada nota deberá ser fundada en circunstancias acaecidas durante el período de calificación.

Artículo 5º

Los funcionarios serán ubicados en las listas de calificaciones de acuerdo con el siguiente puntaje:

Lista Nº 1, de Distinción, de 60,0 a 70,0 puntos.

Lista Nº 2, Buena, de 45 a 59,9 puntos.

Lista Nº 3, Condicional, de 35 a 44,9 puntos.

Lista Nº 4, de Eliminación, de 30 a 34,9 puntos.

Artículo 6º

Los factores y subfactores que se evaluarán serán los siguientes:

  1. Rendimiento: Mide el trabajo ejecutado durante el período, en relación a las tareas definidas para el cargo que desempeña y otras extraordinarias que se le hayan encomendado.

    Comprende la valoración de los siguientes subfactores:

    1. Calidad de la labor realizada: Evalúa la calidad del trabajo realizado, la ausencia de errores y la habilidad en su ejecución.

    2. Conocimientos y comprensión: Mide los conocimientos de los temas propios de su cargo y la aplicación de ellos en el ámbito práctico.

    3. Eficacia: Mide la realización de los trabajos asignados dentro del plazo dispuesto.

    4. Eficiencia: Mide el cumplimiento de la tarea asignada...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR