Resolucion núm. 4 AFECTA, el 11 de Julio de 2009. PROMULGA 'PLAN REGULADOR COMUNAL DE ARICA' - GOBIERNO REGIONAL XV REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA - GOBIERNO REGIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469990554

Resolucion núm. 4 AFECTA, el 11 de Julio de 2009. PROMULGA 'PLAN REGULADOR COMUNAL DE ARICA'

Publicado enDiario Oficial
EmisorGOBIERNO REGIONAL XV REGIÓN DE ARICA Y PARINACOTA
Rango de LeyResolución

PROMULGA "PLAN REGULADOR COMUNAL DE ARICA"

Núm. 4 afecta.- Arica, 3 de marzo de 2009.- Vistos:

  1. Los artículos 43 y 61 del decreto con fuerza de ley Nº 458 (V. y U.) de 1976, Ley General de Urbanismo y Construcciones; los artículos 2.1.10 al 2.1.11 del decreto supremo Nº 47 (V. y U.) de 1992, Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, modificado por el DS Nº 75 (V. y U.) de 2001, por el DS Nº 217 (V. y U.) de 2001 y por el DS Nº 33 de 2002; el artículo 65 del decreto ley Nº 1.939;

  2. El decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.757, Orgánica Constitucional de Bases Generales de Administración del Estado; lo dispuesto en la Ley Nº 18.695 de 1988 Orgánica Constitucional de Municipalidades y sus modificaciones posteriores; el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 2005, que fijó el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de la ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional; el decreto ley Nº 573, de 1974, sobre Estatuto de Gobierno y Administración Interiores del Estado; ley Nº 20.175, que crea la Región XV de Arica y Parinacota y Provincia del Tamarugal, en la Región de Tarapacá; la ley Nº 19.880, que establece bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado; el decreto supremo Nº 1018, del 28 de septiembre de 2007, de Interior; lo dispuesto en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que establece normas sobre la exención del trámite de toma de razón; las facultades que invisto como Intendente del Gobierno Regional de Arica y Parinacota;

    Considerando:

  3. El Proyecto de Plan Regulador Comunal de Arica, que consta de la Memoria Explicativa; el Estudio de Factibilidad Sanitaria, la Ordenanza Local y los Planos PRCA-01 (Vialidad Estructurante), PRCA-02 (Zonificación) y PRCA-03 (Centros de Interés Turístico e Inmuebles y Zonas de Conservación Histórica), confeccionados a escala 1:10.000 por la Ilustre Municipalidad de Arica.

  4. Los acuerdos del Concejo Municipal de Arica, correspondientes a sesión extraordinaria 01/2006; acuerdo Nº 059/2007 del 20 de marzo de 2006; sesión ordinaria 16/2007; acuerdo Nº 139/2007 del 6 de junio de 2007; sesión extraordinaria 10/2007; acuerdo Nº 151/2007 del 11 de junio de 2007; sesión ordinaria 20/2007; acuerdo Nº 210/2007 del 18 de julio de 2007; sesión extraordinaria 10/2007; acuerdo Nº 154/2007 del 11 de junio de 2007 y sesión ordinaria 24/2007; acuerdo Nº 245/2007 del 16 de agosto de 2007; acuerdo 197/2008 del 13 de agosto de 2008 y sesión ordinaria 05/2009; acuerdo 34/2009 de 3 de febrero de 2009, en los cuales constan las modificaciones, desafectaciones y aprobación del Plan Regulador Comunal de Arica.

  5. La resolución exenta Nº 69 del 31 de mayo de 2007 de la Comisión Regional del Medio Ambiente, Región de Tarapacá, que calificó favorablemente el proyecto del Plan Regulador Comunal de Arica.

  6. Los oficios Ordinarios Nº 259/2008, 1663/2008 y 41, del 11 de febrero de 2008, 20 de agosto de 2008 y 4 de febrero de 2009, de la Ilustre Municipalidad de Arica al Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, que envía informe sobre Plan Regulador Comunal de Arica.

  7. Los decretos alcaldicios Nº 409/2008, del 7 de febrero de 2008 y Nº 427/2008, del 11 de febrero de 2008, que aprueban el Proyecto del nuevo Plan Regulador Comunal de la ciudad de Arica.

  8. Los oficios Ordinarios Nº 136, Nº 603 y Nº 95, del 15 de febrero 2008, 21 de agosto de 2008 y 4 de febrero de 2009, del Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo, Región de Arica y Parinacota, al Intendente Regional de Arica y Parinacota, que acompaña el Informe Técnico Favorable y el expediente sobre el Proyecto de Plan Regulador Comunal de Arica.

  9. Certificado Nº 50/2009, del 5 de febrero de 2009, extendido por el Sr. Secretario Ejecutivo y Ministro de Fe del Consejo del Consejo de Gobierno Regional, mediante el cual se acredita que en la III Sesión Ordinaria del 5 de febrero de 2009 el referido Consejo aprobó por la unanimidad de la sala el Proyecto "Plan Regulador Comunal de Arica".

    Resuelvo:

  10. Promúlguese el Plan Regulador Comunal de Arica de conformidad a lo indicado en los siguientes documentos que lo conforman: Memoria Explicativa, Estudio de Factibilidad, Ordenanza Local y planos PRCA-01, PRCA-02 y PRCA-03, confeccionados a escala 1:10.000 por la Ilustre Municipalidad de Arica, documentos que se aprueban por la presente resolución.

    Los interesados podrán consultar y/o adquirir los antecedentes que conforman el presente Plan Regulador Comunal en la Municipalidad de Arica.

  11. Desaféctense de su calidad de Bien Nacional de Uso Público los siguientes inmuebles, pasando éstos a ser bienes fiscales:

    1. Bien raíz ubicado en calle General Lagos Nº 850, manzana del Parque Carlos Ibáñez del Campo, plano LM/012008. Superficie a desafectar: 5.544,37 metros cuadrados, cuyos deslindes son:

    2. Norte: con calle General Lagos en 63,68 metros.

      ii. Sur: con calle Blanco Encalada en 72,14 metros.

      iii. Este: con calle Juan Noé en 80,10 metros.

      iv. Oeste: con calle Chacabuco en 81,57 metros.

    3. Bien raíz ubicado en calle San Marcos Nº 1217, de la población Cerro La Cruz, plano LM/022008. Superficie a desafectar: 315,66 metros cuadrados, cuyos deslindes son:

    4. Norte: con pasaje San Marcos en 45,53 metros.

      ii. Sur: con calle San Marcos en 45,90 metros.

      iii. Este: con otro propietario en 12,00 metros.

      iv. Oeste: con pasaje Concón en 1,81 metros.

    5. Bien raíz ubicado en calle Barros Arana Nº 2154, plano LM/032008. Superficie a desafectar: 331,06 metros cuadrados, cuyos deslindes son:

    6. Norte: con pasaje 9 en línea quebrada de 5,38 y 4,13 metros.

      ii. Sur: con pasaje 11 en línea quebrada de 4,13 y 5,38 metros.

      iii. Este: con pasaje Julet Bordet en 57,47 metros.

      iv. Oeste: con otro propietario en línea quebrada de 4,13, 57,47 y 4,13 metros.

    7. Bien raíz ubicado en calle San José Nº 1435, plano LM/042008. Superficie a desafectar: 439,87 metros cuadrados, cuyos deslindes son:

    8. Norte: con pasaje Lauca en 39,00 metros.

      ii. Sur: con calle San José en 37,50 metros.

      iii. Este: con pasaje Zapahuira en 16,00 metros.

      iv. Oeste: con calle Pedro Aguirre Cerda en 7,00 metros.

    9. Bien raíz ubicado en avenida Capitán Ávalos Nº 2204, plano LM/052008. Superficie a desafectar: 1.058,15 metros cuadrados, cuyos deslindes son:

    10. Norte: con avenida Capitán Ávalos en 27,40 metros.

      ii. Sur: con calle Los Avellanos en 11,40 metros.

      iii. Este: con pasaje Bambú en 62,50 metros.

      iv. Oeste: con calle Los Cisnes en 46,60 metros.

    11. Bien raíz ubicado en calle Los Mangos Nº 2216, plano LM/062008. Superficie a desafectar: 350,64 metros cuadrados, cuyos deslindes son:

    12. Norte: con calle Los Mangos en línea quebrada de 4,00, 14,40 y 4,70 metros.

      ii. Sur: con intersección de calle Los Cisnes con las Brisas en 4,00 metros.

      iii. Este: con calle Las Brisas en 24,64 metros.

      iv. Oeste: con calle Los Cisnes en 27,98 metros.

    13. Bien raíz ubicado en pasaje Machalí Nº 2687, plano LM/072008. Superficie a desafectar: 78,56 metros cuadrados, cuyos deslindes son:

    14. Norte: con lote 8, manzana B en 16 metros.

      ii. Sur: con pasaje Machalí en 16,00 metros.

      iii. Este: con calle Francisco Bilbao área libre de por medio en 4,91 metros.

      iv. Oeste: con lote 9, manzana B en 4,91 metros.

    15. Bien raíz ubicado en el pasaje 9 esquina Barros Arana, plano LM/082008. Superficie a desafectar: 307,026 metros cuadrados, cuyos deslindes son:

    16. Norte: en línea quebrada de 3,20, 1,00 y 3,05 metros con predio Rol 780-8; en línea quebrada de 3,05, 1,00 y 3,20 metros con predio Rol 780-9; en línea quebrada de 3,20, 1,00 y 3,05 metros con predio Rol 780-10, y en 7,20 metros con bien nacional de uso público.

      ii. Sur: con pasaje 9 en 25,95 metros.

      iii. Este: con calle Barros Arana en 35,00 metros.

      iv. Oeste: en 15,00 metros con lote Rol 780-20; en 16,00 metros con lote Rol 780-10; y 3,00 metros con bien nacional de uso público.

  12. Remítase la presente resolución al Servicio de Impuestos Internos, en conjunto con los planos señalados en el numeral anterior, con el objeto de proceder al enrolamiento de los bienes raíces que se desafectan por este acto administrativo.

  13. Inscríbanse los bienes inmuebles anteriormente señalados en el Conservador de Bienes Raíces de Arica, a nombre del Fisco de Chile, luego de realizado el enrolamiento señalado en el número anterior.

  14. Archívense los planos respectivos, y la ordenanza local para la comuna de Arica en el Conservador de Bienes Raíces de Arica, en la División de Desarrollo Urbano del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, en la Secretaría Regional del Ministerio de Vivienda y Urbanismo de Arica y Parinacota, y en la Ilustre Municipalidad de Arica.

  15. Publíquese el presente acto administrativo, y el texto completo de la Ordenanza, en el Diario Oficial de la República de Chile.

  16. Publíquese un extracto del presente acto administrativo y de un extracto de la referida Ordenanza en...

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