Resolución núm. 270 AFECTA, publicada el 17 de Enero de 2012. APRUEBA REGLAMENTO REGIONAL FONDO DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL GOBIERNO REGIONAL DE VALPARAÍSO Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN AFECTA Nº 217, DE 2011 POR LO QUE SEÑALA - GOBIERNO REGIONAL V REGIÓN DE VALPARAÍSO - GOBIERNO REGIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469288422

Resolución núm. 270 AFECTA, publicada el 17 de Enero de 2012. APRUEBA REGLAMENTO REGIONAL FONDO DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL GOBIERNO REGIONAL DE VALPARAÍSO Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN AFECTA Nº 217, DE 2011 POR LO QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorGOBIERNO REGIONAL V REGIÓN DE VALPARAÍSO
Rango de LeyResolución

APRUEBA REGLAMENTO REGIONAL FONDO DE SEGURIDAD CIUDADANA DEL GOBIERNO REGIONAL DE VALPARAÍSO Y DEJA SIN EFECTO RESOLUCIÓN AFECTA Nº 217, DE 2011 POR LO QUE SEÑALA

Núm. 31/1/2/270 Afecta.- Valparaíso, 29 de septiembre de 2011.- Vistos:

  1. Lo dispuesto los artículos 111 de la Constitución Política de Chile; 13, 14, 23, 24 letra g) 28, 36 letra b) y 16 letras b) y d) de la Ley Nº 19.175, Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional respecto de las funciones y atribuciones del Intendente Regional, del Consejo Regional y del Gobierno Regional, respectivamente;

  2. Lo señalado en el Nº 2.1 de la Glosa 02 común a todos los Programas de Inversión de los Gobiernos Regionales, contenida en la Ley Nº 20.481 de Presupuestos del Sector Público año 2011 que autoriza a los gobiernos regionales a destinar hasta un 2% del total de sus recursos del Programa de Inversión, a la subvención de actividades de seguridad ciudadana que efectúen la intendencia, las municipalidades, otras entidades públicas o instituciones privadas sin fines de lucro e instruye que la asignación de los recursos a actividades específicas se efectúe de manera transparente y competitiva, para lo cual los gobiernos regionales deben dictar los reglamentos que establezcan entre otras normas, los plazos de postulación y criterios para la evaluación de los proyectos, debiendo considerar, en dichos reglamentos, las orientaciones que al efecto imparta la Subsecretaría del Interior.

  3. Lo dispuesto en la letra d) del artículo 16 de la ley Nº 19.175 citada y el artículo 48 de la Ley de Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de la Administración del Estado, en lo relativo a la exigencia de publicar las normas de carácter general dictadas por los gobiernos regionales en materias de su competencia.

  4. Lo dispuesto en la letra d) del artículo 16 de la Ley Nº 19.175 citada y el artículo 1 de la resolución Afecta Nº 1.600 de 2008, de Contraloría General de la República en virtud de los cuales se exige la toma de razón a la presente resolución.

  5. Lo dispuesto en la resolución Afecta Nº 759 de 2003, de Contraloría General de la República que fija normas de procedimiento sobre rendición de cuentas.

  6. El oficio Nº 3871 de 28 de febrero de 2011 mediante el cual el Sr. Subsecretario de Interior del Ministerio del Interior, remitió a todos los Intendentes Regionales un modelo de bases para la aplicación del 2% de seguridad ciudadana previsto en la Glosa presupuestaria indicada en el visto Nº 2.

  7. El Acuerdo Nº 7054/08/11 adoptado en su 567ª sesión ordinaria de 4 de Agosto de 2011, por el cual el Consejo Regional de Valparaíso aprobó el texto del Reglamento Operativo del fondo de Seguridad Ciudadana, para la utilización del 2% del presupuesto regional en actividades relacionadas con seguridad ciudadana, según consta de certificado emanado por el Secretario Ejecutivo y Ministro de Fe de dicho Consejo.

  8. La resolución Afecta Nº 217 de 23 de Agosto de 2011 por la cual el Intendente Regional aprobó el Reglamento Regional cuyo texto había sido aprobado por el Consejo Regional, según se señaló en el visto precedente.

  9. El oficio Nº 9916 de 13/09/2011 de Contraloría Regional Valparaíso, por el cual devolvió sin tramitar la resolución Afecta Nº 217 en referencia, en razón de existir una contradicción entre los artículos 29 y 39 de la misma relativa al documento de garantía que deberán entregar las entidades beneficiarias del Fondo de Seguridad Ciudadana, ya que el primero hacía referencia a una letra de cambio y el segundo a un pagaré y, a través el cual señaló que el Gobierno Regional debía aclarar dicho aspecto.

    Considerando:

  10. - Que en atención a lo señalado en el oficio devolutorio Nº 9916 de Contraloría Regional Valparaíso, el Consejo Regional de Valparaíso mediante Acuerdo Nº 7093/09/11, adoptado en su 570ª sesión ordinaria de fecha 22 de septiembre de 2011 aprobó la modificación del Acuerdo Nº 7054/08/11 adoptado en la 567ª sesión ordinaria de fecha 4 de Agosto de 2011y que había establecido el Reglamento Regional del Fondo de Seguridad Ciudadana, en los siguientes términos:

    "Donde dice:

Art. 39

Se entregará una Certificación total de ejecución, siempre y cuando ocurra:

  1. Rendición satisfactoria de los recursos adjudicados.

Junto con la Certificación se hará devolución del pagaré entregado por el responsable al momento de la suscripción del Convenio respectivo.

Debe decir:

Art. 39

Se entregará una Certificación total de ejecución, siempre y cuando ocurra:

  1. Rendición satisfactoria de los recursos adjudicados.

Junto con la Certificación se hará devolución de la letra de cambio entregada por el responsable al momento de la suscripción del Convenio respectivo".

  1. Que, con la modificación transcrita en el considerando precedente se elimina la contradicción entre los artículos 29 y 39 del Reglamento, aclarando lo solicitado por Contraloría Regional Valparaíso, en orden a que el documento de garantía que deberán entregar las entidades beneficiarias del Fondo Regional de Seguridad Ciudadana será una letra de cambio.

  2. Que resulta procedente aprobar el Reglamento Regional Fondo de Seguridad Ciudadana Gobierno Regional de Valparaíso, en su texto modificado de conformidad con el Acuerdo citado en el considerando 1.

    Resuelvo:

  3. Apruébase el "Reglamento Regional Fondo de Seguridad Ciudadana Gobierno Regional de Valparaíso", cuyo texto se transcribe a continuación:

    REGLAMENTO REGIONAL FONDO DE SEGURIDAD CIUDADANA GOBIERNO REGIONAL DE VALPARAÍSO

    1. ANTECEDENTES LEGALES GENERALES

Art. 1

El Fondo Regional de Seguridad ciudadana tiene su fuente legal en la Ley de Presupuestos del Sector Público, que autoriza a los gobiernos regionales a destinar hasta un 2% del total de sus recursos del Programa de Inversión, a la subvención de actividades de seguridad ciudadana que efectúen la intendencia, las municipalidades, otras entidades públicas o instituciones privadas sin fines de lucro.

La ley citada ordena que la asignación de los recursos a actividades específicas se efectúe de manera transparente y competitiva, para lo cual los gobiernos regionales deben dictar los reglamentos que establezcan entre otras normas, los plazos de postulación y criterios para la evaluación de los proyectos, debiendo considerar, en dichos reglamentos, las orientaciones que al efecto imparta la Subsecretaría del Interior.

Art. 2

De conformidad con lo establecido en el artículo 16 letra d) de la ley Nº 19.175 Orgánica Constitucional sobre Gobierno y Administración Regional, corresponde al gobierno regional dictar normas de carácter general para regular materias de su competencia, con sujeción a las disposiciones legales y a los decretos supremos reglamentarios, las que estarán sometidas al trámite de toma de razón por parte de Contraloría General de la República y se publicarán en el Diario Oficial.

  1. CONTENIDO DEL REGLAMENTO

Art. 3

El Gobierno Regional de Valparaíso, en adelante indistintamente, el Gobierno Regional, a través del presente Reglamento instituye las normas que regularán el Fondo Regional de Seguridad Ciudadana de la Región de Valparaíso, al que se denominará en este articulado, indistintamente "el Fondo". Se consignan en estas disposiciones los objetivos y principios orientadores para la aplicación de los recursos del Fondo, la forma en que se hará las convocatorias para que las entidades postulen sus proyectos, los requisitos de postulación, las materias sobre las que podrán versar los proyectos; los tipos de gastos que financiará el Fondo, el procedimiento, los criterios de evaluación y demás disposiciones que permitan la mejor utilización de los recursos, así como la obtención de los objetivos del Fondo, a través de la ejecución de los proyectos seleccionados.

En atención a lo dispuesto en la Ley de Presupuestos, este Reglamento ha sido elaborado en base a los lineamientos administrativos y técnicos impartidos por el Subsecretario de Interior, mediante el oficio Nº 387 de 2011 concordantes, a su vez, con el Plan Chile Seguro y con las Bases Programáticas del Fondo Nacional de Seguridad Pública del Ministerio del Interior.

  1. OBJETIVOS Y PRINCIPIOS ORIENTADORES DEL FONDO REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA REGIÓN DE VALPARAÍSO

Art. 4

Los objetivos del Fondo Regional de Seguridad Ciudadana de la Región de Valparaíso son:

  1. Fomentar y apoyar actividades que respondan a iniciativas integrales en temáticas de seguridad ciudadana, con el objeto de disminuir el delito y la percepción de inseguridad en la ciudadanía.

  2. Generar iniciativas que favorezcan la participación y corresponsabilidad social de los diferentes actores locales en materias de seguridad.

Art. 5

Los principios orientadores del Fondo Regional de Seguridad Ciudadana de la Región de Valparaíso son:

  1. El Compromiso social: Reducir la delincuencia y la percepción de temor es un desafío que requiere de la participación y compromiso de diversos actores y su compromiso en el desarrollo de estrategias en esta temática.

  2. La Igualdad de oportunidades: El Fondo está orientado a promover la participación de los distintos estamentos, involucrando a diversos entes del Estado y actores sociales, promoviendo así la igualdad de acceso sin distinción.

  3. La Inclusión regional: El Fondo está disponible para todas las regiones del país, reconociendo las particularidades de cada territorio y sus propuestas locales en el abordaje de esta temática multicausal y compleja.

  1. DE LOS CONCURSOS DEL FONDO REGIONAL DE SEGURIDAD CIUDADANA DE LA REGIÓN DE...

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