Decreto núm. 545, publicado el 27 de Mayo de 1980. APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES PARA CONTRATOS DE EJECUCION DE OBRAS POR SISTEMA DE PAGO CONTRA RECEPCION
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS |
Rango de Ley | Decreto |
APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES PARA CONTRATOS DE EJECUCION DE OBRAS POR SISTEMA DE PAGO CONTRA RECEPCION
Núm. 545.- Santiago, 19 de Marzo de 1980.- Vistos: Lo dispuesto en el artículo 50º de la ley N° 15.840, y en el artículo 1º del Reglamento para Contratos de Obras Públicas, aprobado por decreto N° 1.340, de 8 de Octubre de 1965, y
Considerando: La conveniencia de ejecutar ciertas obras públicas, particularmente algunas de arquitectura, sanitarias y de vialidad, por el sistema de Pago contra Recepción,
Decreto:
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- Apruébanse las adjuntas Bases Administrativas Generales para Contratos de Obras Públicas que celebre el Ministerio de Obras Públicas, la Dirección General de Obras Públicas y sus Direcciones dependientes por el Sistema de Pago contra Recepción.
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- En todos los contratos que los organismos indicados en el número anterior celebren por el Sistema de Pago contra Recepción, se entenderán incorporadas las bases administrativas generales que por el presente decreto se aprueban.
Anótese, tómese razón y publíquese.- AUGUSTO PINOCHET UGARTE, General de Ejército, Presidente de la República.- Patricio Torres Rojas, General de Brigada, Ministro de Obras Públicas.
Lo que transcribo a Ud. para su conocimiento.- Saluda atentamente a Ud.- Enrique Rojas Díaz, Jefe Administrativo.
BASES ADMINISTRATIVAS GENERALES PARA CONTRATOS DE OBRAS
PUBLICAS POR EL SISTEMA "PAGO CONTRA RECEPCION"
Las presentes bases administrativas generales están destinadas a reglamentar la contratación de obras públicas por el sistema "Pago Contra Recepción", y se aplicará en las licitaciones y contratos que de ellas emanen, formando parte integrante de ellos.
Estas bases administrativas generales se complementarán siempre con las bases administrativas especiales, que son propias de cada licitación y contrato específico.
Las licitaciones y los contratos a que se refieren estas bases administrativas generales, se regirán por:
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- El Reglamento para Contratos de Obras Públicas, y sus modificaciones vigentes a la fecha de licitación, a excepción de lo expresamente modificado en las presentes bases.
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- Las presentes bases administrativas generales.
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- Las correspondientes bases administrativas especiales y todos los documentos o antecedentes que éstas indiquen.
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- El anteproyecto.
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- Las especificaciones técnicas generales, si las hubiere.
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- Las especificaciones técnicas especiales correspondientes a cada obra.
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- Los estudios de suelos si fuese el caso.
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- Las declaraciones a que se refiere el Art. 3 de las presentes bases administrativas generales.
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- Los documentos y antecedentes de la propuesta adjudicada.
Los contratistas podrán solicitar por escrito las aclaraciones a los antecedentes entregados para la licitación, las cuales deberán ser presentadas en la Oficina de Partes del Servicio que corresponda, de acuerdo a lo que establezcan las bases administrativas especiales, 30 días corridos antes de la fecha de apertura de las propuestas.
La Dirección respectiva contestará por escrito, las aclaraciones solicitadas y elaborará aquellas otras que estime conveniente, a más tardar 15 días corridos antes de la fecha de apertura de las propuestas. En caso necesario, esta última fecha deberá postergarse en los días necesarios para poder cumplir con el plazo de 15 días corridos expresados.
Estas aclaraciones serán entregadas a los contratistas interesados a través de la Oficina de Partes que corresponda.
Para las obras contratadas por el sistema de "Pago contra Recepción", no regirá lo dispuesto en los artículos 19 y 21, ni en los incisos 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º y último del artículo 23º del Reglamento para Contratos de Obras Públicas.
Las propuestas se presentarán en los siguientes sobres cerrados y caratulados "Documentos Anexos", "Propuesta Técnica" y "Propuesta Económica". En cada uno de los sobres se indicarán el nombre, firma y domicilio del proponente. Todos los documentos que se presenten deberán ser originales, a excepción de los planos, y venir debidamente firmados por el representante legal del contratista.
En el sobre "Documentos Anexos", el proponente incluirá los siguientes antecedentes:
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- Nómina de la totalidad de contratos de ejecución de obras en actual desarrollo, celebrado tanto con instituciones o empresas del sector privado, como con el Fisco, servicios, organismos, instituciones o empresas del Estado, fiscales, semifiscales, municipales o autónomas y sociedades en que el Estado tenga representación o aporte, con indicación de sus montos iniciales, de obra ejecutada y saldo por ejecutar, en valores actualizados de acuerdo al último índice conocido que afecte al reajuste de dichos contratos.
La omisión en dicha nómina, de cualquier obra que esté ejecutando el proponente, sea contrato directo, subcontrato, participación en consorcios o cualquier otro de que alguna manera limite su capacidad, será causal suficiente para no considerar o rechazar la propuesta que presente.
Deberá adjuntarse, asimismo, certificado emitido por el profesional o técnico a cargo de la inspección de las obras u otro funcionario competente, en el que se establezca:
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El estado de avance del contrato en relación con los plazos fijados.
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Cumplimiento del plan de trabajo.
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Cumplimiento de las condiciones contenidas en las Bases Administrativas y Especificaciones pertinentes.
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- Certificado de inscripción en el Registro General de Contratistas.
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- Declaración en que consigne lo siguiente:
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Haber estudiado todos los antecedentes y verificado la concordancia entre sí del proyecto, estudios de suelos y las especificaciones técnicas.
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Estar conforme con las condiciones generales del anteproyecto, en su defecto, hacer presente las observaciones que le ha merecido.
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Haber visitado el terreno y conocer la topografía y todas las demás características geológicas, hidrológicas y otras que incidan directamente en la ejecución de las obras.
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Haber...
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