Decreto 273 - ADJUDICA CONTRATO DE CONCESION PARA LA EJECUCION, CONSERVACION Y EXPLOTACION DE LA OBRA PUBLICA FISCAL DENOMINADA 'EMBALSE CONVENTO VIEJO II ETAPA, VI REGION'. - MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 241729886

Decreto 273 - ADJUDICA CONTRATO DE CONCESION PARA LA EJECUCION, CONSERVACION Y EXPLOTACION DE LA OBRA PUBLICA FISCAL DENOMINADA 'EMBALSE CONVENTO VIEJO II ETAPA, VI REGION'.

EmisorMINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS
Rango de LeyDecreto

ADJUDICA CONTRATO DE CONCESION PARA LA EJECUCION, CONSERVACION Y EXPLOTACION DE LA OBRA PUBLICA FISCAL DENOMINADA "EMBALSE CONVENTO VIEJO II ETAPA, VI REGION".

Núm. 273.- Santiago, 27 de abril de 2005.- Vistos:

- El Artículo 87 del DFL MOP Nº 850, de 1997, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL Nº 206, de 1960, Ley de Caminos;

- El D.S. MOP N° 900, de 1996, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP Nº 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas;

- El D.S. MOP N° 956, de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas;

- El Oficio GAB. PRES. Nº 085, de 23 de Enero de 2004, de Su Excelencia el Presidente de la República, que aprueba la ejecución de la obra pública fiscal denominada "Embalse Convento Viejo II Etapa, VI Región", por el sistema de concesiones;

- El Oficio Ord. Nº 104, de 20 de Enero de 2004, del Sr. Ministro de Hacienda, que aprueba el Prospecto de Inversión y Bases de Licitación de la obra pública fiscal denominada "Embalse Convento Viejo II Etapa, VI Región";

- El llamado a Licitación Pública Internacional para la concesión de la obra pública fiscal denominada "Embalse Convento Viejo II Etapa, VI Región", publicado en el Diario "El Mercurio" con fecha 25 de Enero de 2004;

- El llamado a Licitación Pública Internacional para la concesión de la obra pública fiscal denominada "Embalse Convento Viejo II Etapa, VI Región", publicado en el Diario Oficial con fecha 28 de Enero de 2004;

- La Resolución DGOP N° 24, de 28 de Enero de 2004, que aprueba las Bases de Licitación de la obra pública fiscal denominada "Embalse Convento Viejo II Etapa, VI Región";

- Las Resoluciones DGOP N° 51, de 11 de Marzo de 2004; Nº 147, de 25 de Junio de 2004; Nº 217, de 13 de Septiembre de 2004, N°252, de 28 de Octubre de 2004 y N°262, de 3 de Noviembre de 2004, que aprueban respectivamente las circulares aclaratorias Nº 1, 2, 3, 4 y 5, de las Bases de Licitación de la obra pública fiscal denominada "Embalse Convento Viejo II Etapa, VI Región";

- El Acta de Recepción de Ofertas y Apertura de Ofertas Técnicas, de fecha 12 de Noviembre de 2004;

- El Oficio DGOP Nº 2283, de fecha 02 de Diciembre de 2004, mediante el cual se solicitaron al Grupo Licitante aclaraciones y precisiones según se indica, y la respuesta del Grupo Licitante ingresada en la Oficina de Partes de la DGOP con fecha 09 de Diciembre de 2004;

- El Acta de Evaluación de las Ofertas Técnicas, de fecha 07 de Diciembre de 2004;

- El Acta de Apertura de las Ofertas Económicas, de fecha 10 de Diciembre de 2004;

- El Acta de Calificación de las Ofertas Económicas, de fecha 23 de Diciembre de 2004;

- El Acta de Adjudicación, de fecha 15 de Marzo de 2005,

Decreto:

  1. Adjudícase el contrato de concesión para la ejecución, conservación y explotación de la obra pública fiscal denominada "Embalse Convento Viejo II Etapa, VI Región", al Grupo Licitante compuesto por: "Empresa Constructora Belfi S.A.", "Besalco Concesiones S.A." y "Empresa Constructora Brotec S.A.", denominado "Consorcio Belfi Besalco Brotec".

  2. Declárase que forman parte integrante de este Decreto Supremo de Adjudicación para la concesión de la obra pública fiscal denominada "Embalse Convento Viejo II Etapa, VI Región", las Bases de Licitación aprobadas por Resolución DGOP N° 24, de 28 de Enero de 2004; las circulares aclaratorias Nº 1, 2, 3, 4 y 5 aprobadas por las Resoluciones DGOP N° 51, de 11 de Marzo de 2004; Nº 147, de 25 de Junio de 2004; Nº 217, de 13 de Septiembre de 2004, N°252, de 28 de Octubre de 2004 y N°262, de 3 de Noviembre de 2004 respectivamente, todos los documentos señalados en el artículo 1.3.2 de las Bases de Licitación; y la Oferta Técnica y Económica del Grupo Licitante Adjudicatario denominado "Consorcio Belfi Besalco Brotec" formado por las Empresas: "Empresa Constructora Belfi S.A.", "Besalco Concesiones S.A." y "Empresa Constructora Brotec S.A.", en la forma aprobada por el MOP.

  3. En caso de discrepancia en la interpretación del contrato primará lo dispuesto en las Bases de Licitación y en sus Circulares Aclaratorias, por sobre lo establecido en la oferta presentada por el Grupo Licitante Adjudicatario de la concesión, salvo el caso en que ésta contenga aspectos superiores a lo exigido en las Bases de Licitación y sus Circulares Aclaratorias, lo que será calificado por el Director General de Obras Públicas.

  4. Forman parte del contrato de concesión los siguientes cuerpos legales:

    1. El Decreto Supremo MOP Nº 900, de 1996, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado del DFL MOP Nº 164, de 1991, Ley de Concesiones de Obras Públicas.

    2. El Decreto Supremo MOP Nº 956, de 1997, Reglamento de la Ley de Concesiones de Obras Públicas.

    3. El DFL MOP Nº 850, de 1997, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley N° 15.840, de 1964, Orgánica del Ministerio de Obras Públicas y del DFL Nº 206, de 1960, Ley de Caminos.

  5. La concesión tendrá una duración de 300 meses, según lo señalado en el artículo 1.6.5 de las Bases de Licitación, contados desde su inicio establecido en el artículo 1.6.4 de las Bases de Licitación, esto es, desde la publicación en el Diario Oficial del presente Decreto Supremo de Adjudicación.

  6. El Concesionario ejecutará, reparará, conservará, mantendrá, explotará y operará las obras que se indican en las Bases de Licitación, del proyecto por concesión "Embalse Convento Viejo II Etapa, VI Región" el cual permitirá un mejoramiento del desarrollo agrícola en los valles de los esteros Chimbarongo y Nilahue en la provincia de Colchagua de la VI Región. El proyecto se materializará ampliando el embalse Convento Viejo existente, ubicado en la angostura del mismo nombre en el estero Chimbarongo, a una capacidad de 237 millones de m3, más una red de canales de riego cercana a los 300 Km. de longitud que permitirán atender un área de riego de 17.000 ha.

    La Sociedad Concesionaria deberá preparar los Proyectos de Ingeniería de Detalle que sean necesarios para la ejecución de las obras, a que se refiere el artículo 1.9.1 de las Bases de Licitación, y podrá incorporar a su entero cargo, costo y responsabilidad, con la aprobación del Inspector Fiscal, otras obras adicionales a las mínimas exigidas, que a juicio de la Sociedad Concesionaria contribuyan al mejoramiento de los estándares e indicadores establecidos en las Bases de Licitación.

    Las principales obras a realizar son:

    * Ampliación del actual Embalse Convento Viejo. El Concesionario deberá ejecutar la ampliación del muro principal existente y adecuación de las obras de entrega de agua y de desagüe para permitir un aumento de la capacidad de almacenamiento actual, desde aproximadamente 27 millones de m3 útiles (que corresponde a la capacidad del Embalse Convento Viejo Etapa I existente) a 237 millones de m3 aproximadamente, según lo dispuesto en el artículo 2.2.1 de las Bases de Licitación. Junto a lo anterior, se requiere reemplazar la obra de evacuación de crecidas por un muro auxiliar que incluye una obra evacuadora de crecidas con compuertas de sector circular. Adicionalmente, el proyecto incluye la construcción o habilitación de un sistema de medición de caudal para los caudales afluentes y efluentes del embalse según se indica en el artículo 2.2.4.1 de las Bases de Licitación.

    * Modificación del sistema actual de canales. El Concesionario deberá construir y mejorar los canales de las zonas denominadas Rinconadas, modificar obras de captación o bocatomas y construir defensas fluviales en el estero Chimbarongo según lo señalado en el artículo 2.2.2 de las Bases de Licitación.

    * Construcción de un sistema de canales de regadío.

    El Concesionario deberá construir las obras de conducción indicadas en el artículo 2.2.3 de las Bases de Licitación, orientadas a regar principalmente la zona de Nilahue (comunas de Lolol y Pumanque). Estas obras están constituidas por un canal matriz, canales principales, canales no principales (canales derivados, secundarios y terciarios) y todas aquellas obras de arte que resultan necesarias. En este sistema se incluye la construcción de medidores de caudal en el canal matriz y en el sector de Nilahue según se indica en el artículo 2.2.4.2 de las Bases de Licitación.

    * Modificación de infraestructura existente. El Concesionario deberá financiar y realizar todas las labores necesarias para la construcción de las obras de modificación de infraestructura que se ve afectada por las obras del embalse, a su entero cargo y responsabilidad. La ejecución se realizará de acuerdo con las exigencias de las respectivas empresas propietarias y administradoras de dicha infraestructura, según lo dispuesto en el artículo 2.2.1 letra f) de las Bases de Licitación. La construcción podrá ser por ejecución directa del Concesionario o mediante subcontratos acordados con las empresas propietarias. Dichas obras son, entre otras, las siguientes:

    - Variante de Línea Ferroviaria Chimbarongo Teno y de la Estación Quinta que resultan afectadas por la zona de inundación. La nueva línea férrea tendrá una longitud aproximada de 19,5 Km. y la nueva Estación Quinta quedará emplazada en el sector sur a la zona de inundación.

    - Líneas de transmisión eléctrica de 154 Kv Itahue Alto Jahuel afectando una variante de aproximadamente 14 Km. y modificación de la línea de 66 Kv con sus obras anexas asociadas.

    - Construcción de la variante del oleoducto, de 14,5 Km. de longitud y diámetro 10".

    La concesión incluye el mantenimiento de todas las obras ejecutadas por la Sociedad Concesionaria, en las condiciones y estándares establecidos en las Bases de Licitación para las Etapas de Construcción y Explotación.

    Las obras mínimas a ejecutar de acuerdo a lo establecido en las Bases de Licitación y demás documentos que conforman el Contrato de Concesión, comprenden entre otras las...

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