Acuerdo núm. S/N, publicado el 17 de Diciembre de 2008. MODIFICA TARIFAS GENERALES - ENTIDAD DE GESTIÓN COLECTIVA DE DERECHOS DE PRODUCTORES AUDIOVISUALES DE CHILE - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470306654

Acuerdo núm. S/N, publicado el 17 de Diciembre de 2008. MODIFICA TARIFAS GENERALES

Publicado enDiario Oficial
EmisorENTIDAD DE GESTIÓN COLECTIVA DE DERECHOS DE PRODUCTORES AUDIOVISUALES DE CHILE
Rango de LeyAcuerdo

MODIFICA TARIFAS GENERALES

La Asamblea General de socios de Egeda Chile ha acordado la siguiente modificación a las tarifas generales de la entidad, publicadas en Diario Oficial Nº 38.383 de 7 de febrero de 2006:

  1. - Se modifica el número 3 de la tarifa actualmente vigente relativa a los derechos del productor por la comunicación pública o exhibición de obras audiovisuales contenidas en emisiones, transmisiones y retransmisiones de radiodifusión televisual efectuada en establecimientos de todo tipo, abiertos al público, con o sin pago de entrada o prestación equivalente, y se sustituye dicha tarifa, en las partes que correspondan, por la siguiente:

    "3.- Derechos del Productor por la comunicación pública o exhibición de las obras audiovisuales contenidas en emisiones, transmisiones y retransmisiones de radiodifusión televisual efectuada en establecimientos de todo tipo, abiertos al público, con o sin pago de entrada o prestación equivalente.

    Procederá el cobro de la tarifa por la exhibición de las obras y grabaciones audiovisuales contenidas en emisiones, transmisiones y retransmisiones de radiodifusión televisiva efectuada en establecimientos de cualquier tipo y/o naturaleza, abiertos al público y realizado por personas físicas o jurídicas cuya actividad económica prioritaria no sea la realización de tales exhibiciones, las cuales perciban o no, directa o indirectamente, una cuota o pago de entrada por el acceso del público en general, o limitada a los miembros de un colectivo o exclusivamente a personas determinadas, a sus locales y/o instalaciones.

    Las tarifas de este epígrafe también serán de aplicación a las personas físicas o jurídicas, comunidades y entidades de cualquier tipo y/o naturaleza, con independencia de su forma, tengan o no personalidad jurídica propia diferenciada de la de sus miembros, que sean titulares, detenten y/o exploten locales abiertos al público en general...

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