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Decreto núm. 24, publicado el 13 de Febrero de 1986. ACTUALIZA ORDENANZA LOCAL DE DERECHOS MUNICIPALES POR SERVICIOS, CONCESIONES O PERMISOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE LA FLORIDA
Rango de LeyDecreto

ACTUALIZA ORDENANZA LOCAL DE DERECHOS MUNICIPALES POR SERVICIOS, CONCESIONES O PERMISOS

Florida, 28 de Enero de 1986.- La alcaldía decretó hoy lo siguiente:

Núm. 24.- Vistos estos antecedentes: La necesidad de actualizar la Ordenanza Local de Derechos Municipales por servicios, concesiones o permisos, sancionada por el Decreto Alcaldicio N° 3, de fecha 07 de Enero de 1982, publicada en el Diario Oficial del 30 de Enero de 1982; lo dispuesto en los artículos 42 y 43 del Decreto Ley N° 3.063 de 1979, Rentas Municipales; y en uso de las facultades que me confiere el Decreto Ley N° 1.289 de 1976 Ley Orgánica de Municipios y Administración Comunal.

Decreto:

  1. - Déjase sin efecto las letras a, b y d, del Artículo 2°; las letras a y b del Artículo 3°; las letras d, e, f, g, h, i, j, del Artículo 4°; las letras a y b

    del Artículo 6° y las letras a y b del Artículo 7° de la Ordenanza Local indicada en los vistos.

  2. - Reemplácese lo derogado en el Artículo 2° por lo siguiente:

    1. Los servicios por anotaciones, otorgamientos de duplicado y otros por día 5% UTM

    2. Padrones, duplicado 15% UTM

    3. Servicio de bodegaje respecto de vehículos abandonados en la vía pública o retenidos por cualquier causa, que llegan a los recintos Municipales, pagarán los siguientes derechos por mes o fracción:

  3. Motocicletas, motonetas y bicicletas 15% UTM

  4. Automóviles y furgones utilitarios 25% UTM

  5. Vehículos de tracción humana o animal 10% UTM

  6. Camiones, camionetas de carga, buses y microbuses 30% UTM

  7. Otros no clasificados 15% UTM

  8. - Reemplácese lo derogado en el Artículo 3° por los siguientes:

    1. Retiro de Ramas, hojas y otros de jardines por metro cúbico 5% UTM

    2. Retiro de escombros por metro cúbico 10% UTM

  9. - Reemplácese lo derogado en el Artículo 4° por lo que sigue y agréguese la letra K.

    1. Ambulante vía pública de paseo con vehículo de tracción humana, por el día 5% UTM y por mes 20% UTM

    2. Ambulante en vehículo, diario 12% UTM

    3. Promotores comerciales 5% UTM diario

    4. Permiso por venta de productos de temporada 10% UTM mensual

    5. Permiso para funcionamiento de circo e instalación de gitanos. 5% UTM diario.

    6. Permiso para instalación de bazares y otros juegos, diario 10% UTM, mes 25% UTM

    7. Cambio de domicilio de patentes comerciales 50% UTM

    8. Derechos Municipales por inspección, a petición del interesado a negocios y salas de espectáculos durante las horas de funcionamiento 60% del valor anual de la patente.

    9. Derechos de cada informe hecho por funcionarios...

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