Resolución núm. 2084 EXENTA, publicado el 27 de Abril de 2013. ACTUALIZA SISTEMA DE INSCRIPCIÓN EN LISTADO DE ESTABLECIMIENTOS EXPORTADORES DE ALIMENTOS PARA ANIMALES Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº 5.903, DE 2008
Emisor | MINISTERIO DE AGRICULTURA |
Rango de Ley | Resolución |
ACTUALIZA SISTEMA DE INSCRIPCIÓN EN LISTADO DE ESTABLECIMIENTOS EXPORTADORES DE ALIMENTOS PARA ANIMALES Y DEROGA RESOLUCIÓN Nº 5.903, DE 2008
Núm. 2.084 exenta.- Santiago, 16 de abril de 2013.- Vistos: Lo dispuesto en el DFL RRA Nº 16, de 1963, que establece normas sobre Sanidad y Protección Animal; las disposiciones contenidas en la Ley Nº18.755, Orgánica del Servicio Agrícola y Ganadero; el decreto del Ministerio de Agricultura Nº 307, de 1979, que aprueba el Reglamento de Alimentos para Animales; la resolución Nº 5.903, de 2008, del Servicio Agrícola y Ganadero, que crea Lista de Establecimientos Exportadores de Alimentos para Animales; y
Considerando:
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Que el Servicio Agrícola y Ganadero es el responsable del control de la producción de alimentos completos, suplementos, aditivos e ingredientes destinados a alimentación animal.
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Que es necesario actualizar los requisitos de incorporación en el listado respectivo, para los establecimientos productores de alimentos para animales que deseen exportar sus productos.
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Que el Servicio debe otorgar la certificación correspondiente cuando la inspección oficial determina que los productos y subproductos de origen pecuario destinados a alimentación animal son inocuos y cumplen con los requisitos que exige el país o mercado de destino.
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Que la certificación de exportación de productos y subproductos de origen pecuario para alimentación animal destinados a exportación, hace necesario adecuar las exigencias de la Lista de Establecimientos Exportadores de Alimentos para Animales.
Resuelvo:
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Actualícese el sistema de incorporación en el Listado de Establecimientos Exportadores de Alimentos para Animales (LEEAA).
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Los establecimientos productores de alimentos para animales que requieran exportar productos al extranjero, deberán previamente estar incorporados en el LEEAA.
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Para la incorporación de un establecimiento en el LEEAA, el interesado deberá presentar en la oficina sectorial del SAG correspondiente al domicilio del establecimiento, la siguiente documentación:
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Solicitud de inscripción en el LEEAA.
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Convenio de incorporación al Sistema de Inspección y Certificación del Servicio, completo, firmado y en duplicado. Este convenio es un documento oficial que formaliza el interés de ingresar al LEEAA, y el compromiso del titular del establecimiento de aceptar las exigencias establecidas en la presente resolución, especialmente lo relativo a la suspensión o eliminación en el Listado, además del...
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