Auto Acordado núm. S/N, publicado el 08 de Enero de 2008. AUTO ACORDADO DE LA CORTE DE APELACIONES DE PUNTA ARENAS SOBRE TRAMITACIÓN EN SISTEMA INFORMÁTICO DE LAS CAUSAS DEL JUZGADO DE GARANTÍA, DEL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL Y DEL JUZGADO DE FAMILIA - CORTE DE APELACIONES DE PUNTA ARENAS - CORTE DE APELACIONES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470306574

Auto Acordado núm. S/N, publicado el 08 de Enero de 2008. AUTO ACORDADO DE LA CORTE DE APELACIONES DE PUNTA ARENAS SOBRE TRAMITACIÓN EN SISTEMA INFORMÁTICO DE LAS CAUSAS DEL JUZGADO DE GARANTÍA, DEL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL Y DEL JUZGADO DE FAMILIA

Publicado enDiario Oficial
EmisorCORTE DE APELACIONES DE PUNTA ARENAS
Rango de LeyAuto Acordado

AUTO ACORDADO DE LA CORTE DE APELACIONES DE PUNTA ARENAS SOBRE TRAMITACIÓN EN SISTEMA INFORMÁTICO DE LAS CAUSAS DEL JUZGADO DE GARANTÍA, DEL TRIBUNAL DE JUICIO ORAL EN LO PENAL Y DEL JUZGADO DE FAMILIA

En Punta Arenas, a trece de diciembre de dos mil siete, reunido extraordinariamente el Tribunal, con asistencia de su Presidente doña Virginia Bravo Saavedra y los Ministros titulares, doña María Isabel San Martín Morales, don Hugo Faúndez López y don Solón Vigueras Seguel.

Considerando la necesidad de establecer criterios uniformes de sustanciación para los diversos tribunales que en la jurisdicción tramitan de conformidad al sistema de carpeta electrónica las causas que conocen, y en cumplimiento al Auto Acordado sobre Tramitación en Sistemas Informáticos en las Cortes de Apelaciones y Corte Suprema de 25 de julio de 2006, y al Auto Acordado sobre procedimiento en los tribunales que tramitan con carpeta electrónica, de 7 de junio de 2007.

Se acuerda:

  1. - REGISTRO INFORMÁTICO DE CAUSAS. Las actuaciones que corresponda realizar ante esta Corte se efectuarán bajo formato computacional y de audio, incorporado a una carpeta informática individual por recurso, que sólo contendrá el registro, en dicho soporte, de los antecedentes que den cuenta de las actuaciones, presentaciones de las partes y resoluciones adoptadas por el tribunal en el curso del procedimiento, y que de acuerdo a la ley corresponda registrar.

    No obstante lo anteriormente expuesto, para el solo efecto de la tramitación de las causas provenientes del Juzgado de Familia, se formará una carpeta que contenga las actuaciones efectuadas ante esta Corte, las resoluciones que no fueren dictadas en el curso de una audiencia, y aquellas que de conformidad a la ley deban registrarse.

  2. - INGRESO DE CAUSAS. El ingreso de causas se efectuará en la Secretaría de este Tribunal de Alzada, mediante interconexión electrónica con el Juzgado de Garantía, el Tribunal de Juicio Oral en lo Penal, y el Juzgado de Familia, utilizando el Sistema SOFPAR, bajo la opción "ingreso automático reforma" para los Juzgados Oral en lo Penal y de Garantía, e "ingreso automático otros sistemas" para el Tribunal de Familia, de acuerdo al procedimiento asignado al mismo. Dichos antecedentes deberán contener los datos fidedignos tanto en los intervinientes y partes en las causas, como de la materia y tipo de recurso de que se trate. Se deberá enviar, asimismo, el registro de audio pertinente, vía interconexión, el que...

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