Resolución núm. 1318, publicada el 06 de Octubre de 2012. ACOGE CONSTITUCIÓN LEGAL DEL PARTIDO CHILEPRIMERO EN LAS REGIONES IV DE COQUIMBO Y VI DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS - SERVICIO ELECTORAL - SERVICIO NACIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469188530

Resolución núm. 1318, publicada el 06 de Octubre de 2012. ACOGE CONSTITUCIÓN LEGAL DEL PARTIDO CHILEPRIMERO EN LAS REGIONES IV DE COQUIMBO Y VI DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS

Publicado enDiario Oficial
EmisorSERVICIO ELECTORAL
Rango de LeyResolución

ACOGE CONSTITUCIÓN LEGAL DEL PARTIDO CHILEPRIMERO EN LAS REGIONES IV DE COQUIMBO Y VI DEL LIBERTADOR GENERAL BERNARDO O'HIGGINS

Núm. O-1.318.- Santiago, 2 de octubre de 2012.- Visto:

  1. La solicitud de constitución legal del partido Chileprimero en las Regiones IV de Coquimbo y VI del Libertador General Bernardo O'Higgins, formulada con fecha 12 de junio de 2012, por el señor Vlado Mirosevic Verdugo, Presidente de la Directiva Central del partido Chileprimero, publicada en el Diario Oficial de fecha 16 de junio de 2012, por resolución O-Nº 1.073, de 12 de junio de 2012;

  2. La solicitud de fecha 24 de septiembre de 2012, presentada por el Secretario General de la Directiva Central, acompañando afiliaciones suscritas ante Notario Público, por medio de la cual viene en subsanar los reparos formulados por el Servicio Electoral en las Regiones IV de Coquimbo y VI del Libertador General Bernardo O'Higgins, según resolución O-Nº 1.151, de fecha 24 de julio de 2012;

  3. La verificación de los antecedentes de los afiliados a la entidad en las Regiones IV de Coquimbo y VI del Libertador General Bernardo O'Higgins, que permite establecer que son válidas para los efectos contemplados en los artículos y de la ley Nº 18.603, y la resolución O-Nº 27, de fecha 27 de enero de 2010, la cantidad de 1.440 y 2.108 afiliaciones, respectivamente, siendo la cantidad mínima legal de 1.388 y 2.073, respectivamente;

  4. Que no se dedujo oposición en el plazo señalado en el artículo 11 de la ley Nº 18.603, por ningún partido inscrito o en formación, y

  5. Lo dispuesto en los artículos 68 letras h) y k) de la ley Nº 18.556, y 17º de la ley Nº 18.603.

Resuelvo:

  1. - Acógese la solicitud de...

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