Resolución núm. 1026, publicada el 29 de Marzo de 2012. ACOGE CONSTITUCIÓN LEGAL DEL 'PARTIDO PROGRESISTA' EN LA III REGIÓN - SERVICIO ELECTORAL - SERVICIO NACIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469270810

Resolución núm. 1026, publicada el 29 de Marzo de 2012. ACOGE CONSTITUCIÓN LEGAL DEL 'PARTIDO PROGRESISTA' EN LA III REGIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorSERVICIO ELECTORAL
Rango de LeyResolución

ACOGE CONSTITUCIÓN LEGAL DEL "PARTIDO PROGRESISTA" EN LA III REGIÓN

Núm. O-1.026.- Santiago, 26 de marzo de 2012.- Visto:

  1. La solicitud de constitución legal del Partido Progresista en la III Región de Atacama, formulada con fecha 10 de febrero de 2012, por el señor Marco Enríquez-Ominami Gumucio, Presidente de la Directiva Central, y publicada en el Diario Oficial de fecha 5 de marzo de 2012, según resolución O-Nº 237, de 13 de febrero de 2012;

  2. La verificación de los antecedentes de los afiliados a la entidad en la III Región, que permite establecer que son válidas para los efectos contemplados en los artículos y de la ley Nº 18.603, y la resolución O-Nº 27, de fecha 27 de enero de 2010, la cantidad de 594 afiliaciones, siendo la cantidad mínima legal de 573;

  3. Que no se dedujo oposición en el plazo señalado en el artículo 11 de la ley Nº 18.603, por ningún partido inscrito o en formación, y

  4. Lo dispuesto en los artículos 68 letras h) y k) de la ley Nº 18.556 y 17º de la ley Nº 18.603.

Resuelvo:

  1. - Acógese la solicitud de constitución legal del Partido Progresista en la III Región de Atacama.

  2. - Anótese en el Registro de Partidos Políticos la constitución legal del Partido Progresista en la Región aludida, una vez vencido el plazo contemplado en el artículo 14 de la ley Nº 18.603.

Anótese...

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