Resolución núm. 5589 EXENTA, publicada el 18 de Octubre de 2014. DELEGA EN EL SUBDIRECTOR DE FISCALIZACIÓN FACULTADES CONTENIDAS EN EL ARTÍCULO 24 DE LA ORDENANZA DE ADUANAS - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 539732746

Resolución núm. 5589 EXENTA, publicada el 18 de Octubre de 2014. DELEGA EN EL SUBDIRECTOR DE FISCALIZACIÓN FACULTADES CONTENIDAS EN EL ARTÍCULO 24 DE LA ORDENANZA DE ADUANAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyResolución

DELEGA EN EL SUBDIRECTOR DE FISCALIZACIÓN FACULTADES CONTENIDAS EN EL ARTÍCULO 24 DE LA ORDENANZA DE ADUANAS

Núm. 5.589 exenta.- Valparaíso, 6 de octubre de 2014.- Vistos: El artículo 41 de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se fijó mediante decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653 de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el artículo 4º número 18 de la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas, aprobado mediante decreto con fuerza de ley Nº 329, de 1979, el Ministerio de Hacienda; y la resolución exenta Nº 3.829 de 18.08.2010 mediante la cual el Director Nacional de Aduanas delegó en las jefaturas del Servicio, las facultades legales que se señalaron.

Considerando:

Que, mediante resolución exenta Nº 3.829 de 18.08.2010, se delegaron las facultades indicadas, en las autoridades que para cada caso se señalaron. Entre éstas, el numeral 3 delegó en el Subdirector de Fiscalización siete facultades operativas. A su vez, por resolución afecta Nº 1.022 de 28.09.2010 se delegó en esta misma autoridad tres facultades que dicen relación con facultades referentes a administración de personal.

Que, la expansión del comercio exterior ha influido de manera considerable en el aumento progresivo de la cantidad de operadores participantes de la cadena logística del comercio internacional.

Que, actualmente la oportunidad en el tiempo es un factor determinante en la eficacia de las Instituciones Públicas, como un participante activo en los procesos de importación y exportación, entre otros.

Que, ha sido política permanente del Servicio, descentralizar y desconcentrar el ejercicio de las funciones que le competen.

Que, resulta necesario racionalizar la tramitación de documentos y descongestionar los procedimientos asociados al reconocimiento para actuar como agentes de carga, transitarios, agentes de nave, aeronave o líneas aéreas, agentes de estiba y desestiba y proveedores de nave, a que se refiere el artículo 24º de la Ordenanza de Aduanas.

Teniendo presente: La resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, el artículo 24º de la Ordenanza de Aduanas, y las facultades que confieren el artículo 41º de la ley 18.575; y el artículo 4º número 18 de la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas, dicto la siguiente:

Resolución:

  1. Deléganse en el...

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