Decreto núm. 32 EXENTO, publicado el 30 de Diciembre de 2013. AUTORIZA A VEHÍCULOS QUE INDICA DE LA SUBSECRETARÍA DEL TRABAJO A CIRCULAR DURANTE LOS DÍAS SÁBADO EN LA TARDE, DOMINGO Y FESTIVOS - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 483574318

Decreto núm. 32 EXENTO, publicado el 30 de Diciembre de 2013. AUTORIZA A VEHÍCULOS QUE INDICA DE LA SUBSECRETARÍA DEL TRABAJO A CIRCULAR DURANTE LOS DÍAS SÁBADO EN LA TARDE, DOMINGO Y FESTIVOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyDecreto

AUTORIZA A VEHÍCULOS QUE INDICA DE LA SUBSECRETARÍA DEL TRABAJO A CIRCULAR DURANTE LOS DÍAS SÁBADO EN LA TARDE, DOMINGO Y FESTIVOS

Núm. 32 exento.- Santiago, 29 de abril de 2013.- Visto: Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1, de 1967, que establece reestructuración y fija funciones de la Subsecretaría del Trabajo; en el decreto ley Nº 799, de 1974, modificado por el decreto con fuerza de ley Nº 12-2.345 de 1979, del Ministerio del Interior; en el decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de Ia República; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, y

Considerando:

  1. - Que, conforme al artículo 2º del decreto ley Nº 799, de 1974 sólo tendrán derecho al uso de vehículo para el desempeño de las funciones inherentes a su cargo, los funcionarios públicos autorizados por decreto supremo dictado con arreglo a dicho cuerpo legal.

  2. - Que, los Secretarios Regionales Ministeriales de esta cartera de Estado en el desempeño de sus funciones, requieren la disposición de un vehículo fiscal, por imperativo de la naturaleza y características propias de sus actividades institucionales.

  3. - Que, en consecuencia, resulta de imperiosa necesidad eximir a los vehículos mencionados de las restricciones establecidas a los móviles fiscales para su movilización en determinados días, por cuanto el desempeño de sus respectivos cometidos debe tener lugar con continuidad y permanencia durante todos los días de la semana, incluidos los días sábado en la tarde, domingo y festivos.

Decreto:

Autorízase a los vehículos fiscales asignados a los Secretarios Regionales...

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