Resolución núm. 5077 EXENTA, publicada el 22 de Septiembre de 2011. DEFINE MATERIAS DE INTERÉS Y ESTABLECE PROCEDIMIENTO DE CONSULTA CIUDADANA
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES |
Rango de Ley | Resolución |
DEFINE MATERIAS DE INTERÉS Y ESTABLECE PROCEDIMIENTO DE CONSULTA CIUDADANA
Santiago, 14 de septiembre de 2011.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue:
Núm. 5.077 exenta.- Vistos: Lo dispuesto en los artículos 6º y 7º de la Constitución Política del Estado; en el DFL Nº1/19.653, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en los decretos con fuerza de ley Nº 343 y Nº 279, de 1953 y 1960, respectivamente, ambos del Ministerio de Hacienda, en el decreto ley Nº 1.028 de 1975, que precisa las atribuciones y deberes de los Subsecretarios, el decreto ley Nº 1.762 de 1977, que crea la Subsecretaría de Telecomunicaciones; la Ley Nº 20.285 sobre Acceso a la Información Pública, la Ley Nº 20.500 sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública, el Gab. Pres. Nº 2 de 20.04.2011, que establece el Instructivo Presidencial para la Participación Ciudadana en la Gestión Pública; la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República que fija norma sobre la exención del trámite de toma de razón; en el decreto supremo Nº 67, de 2010, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones; el decreto exento Nº 1.520, del 9 de agosto de 2011 del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprueba Norma General de Participación Ciudadana; la resolución exenta Nº 4.324 del 16 de agosto de 2011 de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que Aprueba Norma de Participación Ciudadana de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, y demás normativa aplicable.
Considerando:
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Que, el 16 de febrero de 2011, fue promulgada la Ley Nº 20.500 "Sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública" la cual en su artículo 73 señala que los órganos de la Administración del Estado, de oficio o a petición de parte, deberán señalar aquellas materias de interés ciudadano en que se requiera conocer la opinión de las personas, a través de un proceso de Consulta Ciudadana.
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Que, el decreto exento Nº 1.520 de 9 de agosto de 2011, aprueba la Norma General de Participación Ciudadana del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.
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Que, la resolución exenta Nº 4.324 del 16 de agosto de 2011, aprueba Norma de Participación Ciudadana de la Subsecretaría de Telecomunicaciones.
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Que, de acuerdo con lo establecido...
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