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Decreto núm. 174 EXENTO, publicado el 04 de Abril de 2014. MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL 1900 A LA EMPRESA CLARO CHILE S.A.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL 1900 A LA EMPRESA CLARO CHILE S.A.

Santiago, 18 de febrero de 2014.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 174 exento.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;

  2. La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;

  3. La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón;

  4. El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones;

  5. La resolución Nº 1.117, de 25.10.95, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la norma técnica para el servicio público de telefonía móvil digital 1900;

  6. El decreto supremo Nº 144, de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  7. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº 88.739, de 12.11.2012;

  8. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.

    Decreto:

    Modifícase la concesión de servicio público de telefonía móvil digital 1900, otorgada a la empresa Claro Chile S.A., RUT Nº 96.799.250-K, con domicilio en Av. del Cóndor Nº 820, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Autorízase a la concesionaria para modificar radioenlaces punto a punto, según se indica a continuación:

      1.1 Potencia máxima, ganancia y tipo de emisión:

      1.2 Ganancia y tipo de emisión:

      1.3 Frecuencia, potencia máxima, ganancia y tipo de emisión:

      Las demás características técnicas y de ubicación, según corresponda, no consideradas en la presente modificación, permanecerán inalterables, de conformidad a los decretos mencionados precedentemente, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

    2. Los plazos máximos se indican a continuación.

    3. Apruébase el proyecto técnico base de la solicitud presentada por la concesionaria, en lo relacionado con los sistemas y equipos de telecomunicaciones autorizados en el presente decreto, conforme a las disposiciones...

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