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Decreto núm. 215 EXENTO, publicado el 24 de Abril de 2014. MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL 1900 A LA EMPRESA CLARO CHILE S.A.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

MODIFICA CONCESIÓN DE SERVICIO PÚBLICO DE TELEFONÍA MÓVIL DIGITAL 1900 A LA EMPRESA CLARO CHILE S.A.

Santiago, 10 de marzo de 2014.- Con esta fecha se ha decretado lo que sigue:

Núm. 215 exento.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº1.762 de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría.

  2. La Ley Nº18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley.

  3. La resolución Nº1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón.

  4. El decreto supremo Nº103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

  5. La resolución Nº1.117 de 25.10.95, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que fija la norma técnica para el servicio público de telefonía móvil digital 1900.

  6. El decreto supremo Nº144 de 1997, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que otorgó la concesión, y sus modificaciones posteriores.

    Considerando:

  7. Lo solicitado por la interesada mediante ingreso Subtel Nº66.133 de 28.08.2013.

  8. Que no se presentaron oposiciones a la publicación en extracto de la solicitud de modificación de concesión.

    Decreto:

    Modifícase la concesión de Servicio Público de Telefonía Móvil Digital 1900, otorgada a la empresa Claro Chile S.A., RUT Nº96.799.250-K, con domicilio en Av. Del Cóndor Nº820, comuna de Huechuraba, Región Metropolitana, en adelante la concesionaria, en el sentido que se indica en los numerandos siguientes.

    1. Modificar radioenlaces punto a punto, según se indica a continuación:

      1.1 Tipo de emisión, potencia y ganancia de los radioenlaces, según se indica a continuación:

      1.2 Coordenadas y tipo de emisión de los radioenlaces, según se indica a continuación:

      Las demás características técnicas y de ubicación, según corresponda, no consideradas en la presente modificación, permanecerán inalterables, de conformidad a los decretos mencionados precedentemente, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

    2. Los plazos máximos para el inicio...

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