Decreto núm. 846 EXENTO, publicado el 19 de Julio de 2014. TASAS DE DERECHOS A SOLICITUDES DE LA LEY Nº 17.798 SOBRE CONTROL DE ARMAS Y ELEMENTOS SIMILARES - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 520691466

Decreto núm. 846 EXENTO, publicado el 19 de Julio de 2014. TASAS DE DERECHOS A SOLICITUDES DE LA LEY Nº 17.798 SOBRE CONTROL DE ARMAS Y ELEMENTOS SIMILARES

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyDecreto

TASAS DE DERECHOS A SOLICITUDES DE LA LEY Nº 17.798 SOBRE CONTROL DE ARMAS Y ELEMENTOS SIMILARES

Santiago, 24 de abril de 2014.- Con esta fecha se ha decretado lo siguiente:

Núm. 846 exento.- Visto:

  1. El artículo 32 Nº 6 de la Constitución Política de la República.

  2. La Ley Nº 20.424, Orgánica del Ministerio de Defensa Nacional.

  3. La ley Nº 17.798 Ley de Control de Armas y Elementos Similares.

  4. El decreto ley Nº 2.553 de 1979, Modifica la Ley Nº 17.798, sobre Control de Armas.

  5. El DS (M. Segpres) Nº 19 de 22.Ene.2001, Faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República".

  6. La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

  7. Lo propuesto por la Dirección General de Movilización Nacional.

    Considerando:

    La necesidad de dar cumplimiento a lo preceptuado en el artículo 26, incisos 1º y 2º de la ley Nº 17.798 y al artículo 1º, Nº 12 del DL Nº 2.553 de 1979, referidos a la fijación semestral de tasas de derechos, en los meses de enero y julio de cada año, por concepto de solicitudes y diligencias relacionadas con esta ley, las que se establecerán por decreto supremo y regirán desde su publicación en el Diario Oficial,

    Decreto:

    1. Fíjase para regir en el Primer Semestre del año 2014, las Tasas de Derechos a las solicitudes y diligencias relacionadas con la Ley Nº 17.798, sobre Control de Armas y Elementos Similares, de acuerdo al siguiente detalle:

    ITEM SOLICITUD TASA

    1. SOLICITUD Y DILIGENCIAS RELACIONADAS CON ARMAS Y MUNICIONES.

    Inscripciones

    01* Solicitud para construir, legalizar, ampliar, modificar, inscribir

    o renovar inscripción de fábrica o armaduría (incluyendo industria,

    plantas independientes y polígonos de prueba, para comerciantes,

    importaciones y reparadores de armas) $40.800.-

    02* Solicitud para inscribirse, por primera vez en los Registros nacionales de:

  8. Importador de armas, partes y piezas de armas, municiones,

    partes y piezas de municiones, cartuchos industriales, elementos

    de salvataje de tipo marítimo, terrestre y aéreo, gases irritantes,

    electroshock y elementos similares (cada rubro) $40.800.-

    Importador de material bélico $40.800.-

  9. Exportador de armas, partes y piezas de armas, municiones, partes

    y piezas de municiones, cartuchos industriales, elementos de

    salvataje del tipo marítimo, terrestre y aéreo, gases irritantes,

    electroshock y elementos similares (cada rubro) $40.800.-

  10. Exportador de material bélico $40.800.-

  11. Comerciante en armas, partes y piezas de armas, municiones,

    partes y piezas de municiones, cartuchos industriales, elementos de

    salvataje del tipo marítimo, terrestre y aéreo, gases irritantes,

    electroshock y elementos similares (cada rubro) $40.800.-

  12. Comerciante de material bélico $40.800.-

  13. Reparador y Transformador de Armas $40.800.-

    03* Solicitud para renovar inscripción anual en los registros nacionales de:

  14. Importador de productos sometidos a control $40.800.-

  15. Importador de material bélico $40.800.-

  16. Exportador de productos sometidos a control $40.800.-

  17. Exportador de material bélico $40.800.-

  18. Comerciante de productos sometidos a control $40.800.-

  19. Comerciante de material bélico $40.800.-

  20. Reparador y Transformador de Armas $40.800.-

    04* Solicitud para inscribirse o renovar inscripción anual en el

    Registro Nacional como "Consumidor Habitual" de:

  21. Municiones (para Clubes de Tiro y Caza afiliados a la respectiva

    Federación e Instituciones autorizadas por la Ley) $40.800.-

  22. Cartuchos industriales $36.000.-

  23. Elementos de seguridad y salvataje del tipo marítimo,

    terrestre y aéreo $36.000.-

    05* Solicitud de:

  24. Inscripción en Registro Nacional como Deportista $23.100.-

  25. Inscripción en el Registro Nacional como Deportista Calificado $31.200.-

  26. Renovación de Resolución de Deportista Calificado cada 3 años $9.000.-

    06* Solicitud para:

  27. Inscribirse en el Registro Nacional de Coleccionista de Armas,

    de acuerdo al siguiente detalle:

    1) 1 a 10 armas $11.700.-

    2) De 11 a 30 armas $23.100.-

    3) De 31 a 200 armas $40.800.-

  28. Renovación de registro de coleccionista cada 5 años $9.000.-

  29. Inscribirse en el Registro Nacional de Coleccionista de Munición $9.000.-

    07 Solicitud de inscripción:

  30. Armas de fuego inscrita por primera vez (c/u) $11.700.-

  31. Una máquina lanzadora, de disparo o elemento de similares

    características $11.700.-

  32. Una máquina recargadora de munición $40.800.-

  33. Arma para Sacrificio Animal (cada 10 uu.) $11.700.-

    Porte y transporte de Armas:

    08 a) Solicitud para portar un arma de puño Defensa Personal $40.800.-

  34. Solicitud para portar un arma de Seguridad y Protección $23.100.-

  35. Solicitud de permiso para transportar armas para deporte,

    por el período de 2 años, por cada arma $23.100.-

  36. Solicitud de permiso para transportar armas para caza,

    por el período de 2 años, por cada arma $23.100.-

  37. Solicitud de permiso para transportar armas para caza mayor,

    por el período de 2 años, por cada arma $23.100.-

  38. Solicitud de permiso para transportar armas para caza/deporte,

    por el período de 2 años, por cada arma $33.800.-

  39. Solicitud de permiso para transportar armas para caza mayor/deporte,

    por el período de 2 años, por cada arma $33.800.-

    Adquisiciones:

    09 Autorización para comprar (comerciantes inscritos)

  40. Elementos Sometidos a Control $40.800.-

  41. Armas:

    1. 1 $3.200.-

    2. 2 a 4 uu $10.600.-

    3. 5 a 8 uu $21.100.-

    4. 9 a 12 uu $27.500.-

    5. Más de 12 uu $40.800.-

  42. Municiones.

    1. De 1 a 500 uu $2.100.-

    2. Desde 501 hasta 3.000 uu $6.300.-

    3. Desde 3.001 hasta 10.000 uu $12.700.-

    4. Desde 10.001 hasta cupo máximo establecido para cada

    tipo de munición $33.800.-

  43. Pólvora:

    1. 0,5 a 2 Kg $2.100.-

    2. 2,1 a 4 Kg $3.700.-

    3. 4,1 a 7 Kg $6.300.-

    4. 7,1 kg. hasta cupo máximo establecido $11.100.-

    10 Autorización para comprar:

  44. Un arma de fuego Nueva (particulares) $23 .100.-

  45. Un arma para Sacrificio Animal $4.200.-

    11 Autorización para comprar Municiones:

  46. Cartuchos de proyectil múltiple, para armas inscritas:

    1. De caza, con permiso de transporte de armas vigentes, por

      unidad, no excediendo las 3.000 uu. anuales por arma inscrita $12.-

    2. De caza, sin permiso de transporte de armas vigente,

      por unidad, no excediendo las 500 uu. anuales por arma inscrita $12.-

    3. De deporte, con permiso de transporte de armas vigentes,

      por unidad, no excediendo las 3.000 uu. anuales por arma inscrita $12.-

    4. De deporte, sin permiso de transporte de armas,

      por unidad, no excediendo las 500 uu. anuales por arma inscrita $12.-

    5. De seguridad y protección, por unidad, no excediendo las 500 uu.

      anuales por arma inscrita $12.-

  47. Cartuchos de proyectil único, para arma inscrita:

    1. De caza, con permiso de transporte de armas vigente,

      por unidad, no excediendo las 3.000 uu. anuales por

      arma inscrita $12.-

    2. De caza, sin permiso de transporte de armas vigente,

      por unidad, no excediendo las 100 uu. anuales por

      arma inscrita $12.-

    3. De deporte, con permiso de transporte de armas vigentes, por unidad,

      no excediendo las 3.000 uu. anuales por arma inscrita $12.-

    4. De deporte, sin permiso de transporte de armas, por unidad,

      no excediendo las 100 uu. anuales por arma inscrita $12.-

    5. De seguridad y protección, por unidad, no excediendo las 300 uu.

      anuales por arma inscrita $12.-

  48. Cartuchos para armas de Defensa Personal con o sin

    permiso de porte de armas, por unidad, hasta 100 uu.

    anuales por arma inscrita $12.-

  49. Cartuchos para Clubes de Tiro y/o Caza afiliados a una Federación,

    Empresas e Instituciones inscritos como Consumidores Habituales

    de Munición, cada 3.000 uu. (no excediendo el almacenamiento

    autorizado por resolución de la Dirección General) $6.900.-

  50. Componentes de munición permitidos:

    1. Para particulares con máquinas recargadora inscrita:

    Componentes para cartuchos de caza (no excediendo las

    cantidades máximas de almacenamiento autorizado):

  51. Cada 1 kg. de pólvora $3.500.-

  52. Cada 700 cápsulas iniciadoras $2.400.-

  53. Cada 700 cartuchos semimetálicos $2.400.-

  54. Por 1 Kg. de pólvora, 700 cápsulas iniciadoras y

    700 cartuchos semimetálicos...

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