Resolución núm. 5784 EXENTA, publicada el 07 de Enero de 2014. DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN DIRECTORES REGIONALES - CONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 484737282

Resolución núm. 5784 EXENTA, publicada el 07 de Enero de 2014. DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN DIRECTORES REGIONALES

Publicado enDiario Oficial
EmisorCONSEJO NACIONAL DE LA CULTURA Y LAS ARTES
Rango de LeyResolución

DELEGA FACULTAD QUE INDICA EN DIRECTORES REGIONALES

Núm. 5.784 exenta.- Valparaíso, 26 de diciembre de 2013.- Considerando:

Que la ley Nº 19.891 creó el Consejo Nacional de la Cultura y las Artes como un servicio público autónomo, descentralizado y territorialmente desconcentrado, con personalidad jurídica y patrimonio propio.

Que el artículo 5º de la ley 19.896 dispone que los decretos y resoluciones que aprueben la contratación de personas naturales a honorarios, en los órganos públicos incluidos en la Ley de Presupuestos, cualquiera sea el ítem de imputación, deberá contar con la visación del Ministerio correspondiente.

Que la ley 20.713, que aprobó el Presupuesto del Sector Público para el año 2014, prescribe que las visaciones dispuestas en el artículo 5º de la ley 19.896 serán efectuadas por el Subdirector Nacional del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, quien podrá delegar tal facultad en el respectivo Director Regional del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes.

Que por resolución 268, de este Servicio, dictada el 26 de julio de 2013 y publicada en Diario Oficial con fecha 21 de agosto de 2013, el Ministro Presidente de este Consejo delegó en los Directores Regionales la facultad de suscribir y aprobar contrataciones, prórrogas y términos de contratos a honorarios, cuya cuantía no exceda las 36 UTM.

Que a objeto de aumentar el nivel de descentralización y expedición en la toma de decisiones institucionales de este Servicio, en lo referente a la contratación de personal requerido para su funcionamiento, se hace necesario delegar la visación establecida en el artículo 5º de la ley 19.896 en sus respectivos Directores Regionales, lo que redundará en un mejoramiento en el desarrollo de sus funciones para el cumplimiento de sus objetivos.

Que en razón de lo precedentemente expuesto es necesaria la dictación del correspondiente acto administrativo.

Y teniendo presente: Lo dispuesto en los artículos , , 10º y 11º de la ley Nº 19.891; lo contemplado en la partida 09, capítulo 16, programa 02, subtítulo 09, ítem 01, glosa 02 y en la partida 09, capítulo 16, programa 01, subtítulo 09, ítem 01, glosa 01, correspondiente al Consejo Nacional de la Cultura y las Artes, de la ley Nº 20.713, que aprobó el Presupuesto del Sector Público para el año 2014; en la resolución Nº 268, 21 de agosto de 2013, del Consejo Nacional de la Cultura y las Artes; en la ley...

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