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Decreto núm. 115 EXENTO, publicado el 12 de Febrero de 2014. DECLARA CADUCIDAD DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN MÍNIMA COBERTURA QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyDecreto

DECLARA CADUCIDAD DE CONCESIÓN DE RADIODIFUSIÓN SONORA EN MÍNIMA COBERTURA QUE INDICA

Santiago, 28 de enero de 2014.- Con esta techa se ha decretado lo que sigue:

Núm. 115 exento.- Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones, en adelante la Subsecretaría;

  2. La Ley Nº 18.168, General de Telecomunicaciones, en adelante la ley;

  3. La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón;

  4. El decreto supremo Nº 126, de 1997, modificado por el decreto supremo Nº 23, de 2011, ambos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Reglamento de Radiodifusión Sonora;

  5. El decreto supremo Nº 103, de 2008, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, y

  6. El decreto supremo Nº 280, de 15.06.2004, que otorgó la concesión, renovada mediante decreto supremo Nº 1.176, de 27.12.2007, transferida a su actual titular mediante decreto exento Nº 620, de 07.08.2012, todos del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

    Considerando:

  7. Que mediante sentencia de 8 de agosto de 2013, pronunciada en el procedimiento de cargo Rol Nº 2.659-2013, se sancionó a la Unión Comunal de Juntas de Vecinos Comuna de Algarrobo con la caducidad de la concesión individualizada en la letra f) de los Vistos.

  8. Que la sentencia señalada en el considerando anterior se encuentra firme o ejecutoriada.

  9. Que de conformidad con lo dispuesto en el inciso final del artículo 36º de la ley, la caducidad debe declararse por decreto supremo, y en uso de mis atribuciones...

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