Acuerdo núm. S/N, publicado el 27 de Julio de 2013. ACUERDO RELATIVO A INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE OFERTA PÚBLICA - COMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO - COMISIÓN NACIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 468911634

Acuerdo núm. S/N, publicado el 27 de Julio de 2013. ACUERDO RELATIVO A INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE OFERTA PÚBLICA

EmisorCOMISIÓN CLASIFICADORA DE RIESGO
Rango de LeyAcuerdo

ACUERDO RELATIVO A INSTRUMENTOS FINANCIEROS DE OFERTA PÚBLICA

Vistos: Lo dispuesto en el Título XI del Decreto Ley Nº 3.500, de 1980, en el Acuerdo Nº 31 de los Procedimientos de Aprobación de Cuotas de Fondos de Inversión y Fondos Mutuos Nacionales, publicado en el Diario Oficial el 5 de marzo de 2009, y en el Acuerdo Nº 32 de los Procedimientos de Aprobación de Instrumentos Extranjeros Representativos de Capital, publicado en el Diario Oficial el 8 de enero de 2009.

La Comisión Clasificadora de Riesgo en su 371ª reunión ordinaria acordó lo siguiente:

  1. EMISORES NACIONALES:

    1. Aprobar las cuotas del siguiente fondo mutuo:

      - Fondo Mutuo Santander Monetario

    2. Mantener la aprobación de las cuotas del siguiente fondo de inversión, en virtud del cumplimiento de los requisitos establecidos en el Acuerdo Nº 31 de la CCR y cuya aprobación deja de estar sujeta a lo establecido en el artículo 110 del D.L. Nº 3.500 de 1980:

      - Fondo de Inversión Inmobiliaria Cimenta – Expansión

    3. Desaprobar las cuotas del siguiente fondo de inversión, debido al incumplimiento de lo señalado en el artículo 1 de las Disposiciones Transitorias del Acuerdo Nº 31 de esta Comisión:

      - Fondo de Inversión Santander Plusvalía

    4. En virtud de lo establecido en el artículo 105, del D.L. Nº 3.500 de 1980, solicitar a los siguientes emisores una tercera clasificación de riesgo de sus instrumentos de deuda. Adicionalmente, la Comisión resolvió solicitar una actualización de las clasificaciones de riesgo vigentes para estos mismos emisores:

      - Corpbanca

      - Corp Group Banking S.A.

      - Corp Group Vida Chile S.A.

  2. EMISORES EXTRANJEROS:

    1. Aprobar el siguiente título representativo de índice financiero:

      .

    2. Aprobar las cuotas de los siguientes fondos mutuos extranjeros:

      .

    3. Desaprobar las cuotas del siguiente fondo mutuo extranjero, debido a que no cuentan con activos por un monto igual o superior a los US$ 100 millones:

      .

    4. Desaprobar las cuotas de los siguientes fondos mutuos extranjeros, en atención a la solicitud de su administrador:

      .

    5. Asimismo, la Comisión tomó nota de los cambios de nombre experimentados por distintos emisores extranjeros con instrumentos aprobados...

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