Decreto núm. 289, publicado el 18 de Noviembre de 2013. DECLARA ZONA DE ESCASEZ A LA PROVINCIA DE PETORCA, UBICADA EN LA REGIÓN DE VALPARAÍSO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS |
Rango de Ley | Decreto |
DECLARA ZONA DE ESCASEZ A LA PROVINCIA DE PETORCA, UBICADA EN LA REGIÓN DE VALPARAÍSO
Núm. 289.- Santiago, 11 de octubre de 2013.- Vistos:
1) El oficio Ord. Nº 9/1008, de 10 de octubre de 2013, del señor Intendente de la Región de Valparaíso.
2) El informe técnico, denominado "Informe Condiciones Hidrometeorológicas de la Provincia de Petorca", de 10 de octubre de 2013, de la Dirección General de Aguas.
3) El oficio Ord. DGA Nº 1.038, de 10 de octubre de 2013, del señor Director General de Aguas.
4) El decreto supremo Nº 19, de 2001, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que faculta a los Ministros de Estado para firmar "Por orden del Presidente de la República".
5) La resolución DGA Nº 1.674, de 12 de junio de 2012, que deja sin efecto la resolución DGA Nº 39, de 1984, y establece los criterios para calificar épocas de extraordinaria sequía.
6) Las facultades que me concede el artículo 314 inciso 1º del Código de Aguas, y
Considerando:
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- Que por medio del oficio Ord. Nº 9/1008, de 10 de octubre de 2013, el señor Intendente de la Región de Valparaíso solicita declarar zona de escasez a la provincia de Petorca, entre otras, ubicada en la Región de Valparaíso, con el fin de implementar planes y medidas de excepción para reducir al mínimo los daños generales derivados de la escasez hídrica.
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- Que la provincia de Petorca se encuentra afectada por una sequía de carácter extraordinaria, según la calificación previa realizada en el Informe Técnico denominado "Informe Condiciones Hidrometeorológicas de la Provincia de Petorca", de 10 de octubre de 2013, de la Dirección General de Aguas.
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- Que el señor Director General de Aguas, mediante el oficio Ord. DGA Nº 1.038, de 10 de octubre de 2013, solicita se declare zona de escasez hídrica a la provincia de Petorca, ubicada en la Región de Valparaíso.
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- Que el artículo 314 inciso 1º del Código de Aguas dispone que el Presidente de la República, a petición o con informe de la Dirección General de Aguas, podrá, en épocas de extraordinaria sequía, declarar zonas de escasez por períodos máximos de seis meses, no prorrogables.
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- Que teniendo presente los antecedentes previamente indicados, procede declarar zona de escasez a la provincia de Petorca, ubicada en la Región de Valparaíso, en los términos que se señalan en la parte resolutiva de este acto administrativo.
Decreto:
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- Declárase zona de escasez por un período de seis meses, no prorrogables, a contar de la...
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