Decreto núm. 19, publicado el 22 de Enero de 1994. MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS - MUNICIPALIDAD DE MACHALÍ - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471174122

Decreto núm. 19, publicado el 22 de Enero de 1994. MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE MACHALÍ
Rango de LeyDecreto

MODIFICA ORDENANZA LOCAL SOBRE DERECHOS MUNICIPALES POR CONCESIONES, PERMISOS Y SERVICIOS

Núm. 19.- Machalí, Enero 07 de 1994.- Vistos:

  1. - Los Decretos Alcaldicios N°s. 53 de fecha 29.01.91, 49 de fecha 24.01.92, y el 602 de fecha 15.12-92, por el cual se fija, modifica y refunde la ordenanza local sobre Derechos Municiapales por concesiones, permisos y servicios.

  2. - El Artículo 42 y demás pertinentes del D.L. 3.063 de 1979, sobre Rentas Municipales.

  3. - El acuerdo del Concejo Comunal de Machalí, que "Fija y Modifica los Valores de la Ordenanza Municipal", que rige a contar del año 1992, según consta en el Acta de la Sesión Extraordinaria N° 7 del ConCejo, de fecha 06 de Enero de 1994.

  4. - Las facultades que me confiere la Ley N° 18.695, "Orgánica Constitucional de Municipalidades".

    Decreto:

  5. - Fíjase y Modifícase la Ordenanza Local sobre Derechos Municipales por Concesiones, Permisos y Servicios, la que regirá en forma indefinida a contar de su publicación en el Diario Oficial de la República de Chile.

TITULO IV ARTICULO 11

Derechos Municipales sobre Transporte, Tránsito y Vehículos.

En su N° 2 antepóngase el valor 10% A; y su N° 4 antepóngase el valor 10% A.

TITULO V ARTICULO 12

Derechos Municipales relacionados con las patentes por Ejercicios Transitorios de actividades lucrativas En su N° 3 a conbtinuación de 5% A, Modifíquese el valor a 20% U.T.M.

TITULO X ARTICULO 23

Derechos por Uso de Campos Deportivos y Recreativos Municipales

  1. - Agréguese en el Inciso Complejo Deportivo "Alcalde Guillermo Chacón", a continuación de Cancha Principal por hora:

    "Tarifa Nocturna por hora" 25% U.T.M.

  2. - Agréguese, a continuación de uso del salón auditorium por hora lo siguiente:

    "Quedan exentos del pago de este derecho todas aquellas instituciones con personalidad...

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