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Decreto núm. 19, publicado el 23 de Mayo de 1997. CREA COMITE NACIONAL DEL CODEX ALIMENTARIUS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE SALUD
Rango de LeyDecreto

CREA COMITE NACIONAL DEL CODEX ALIMENTARIUS

Núm. 19.- Santiago, 10 de enero de 1997.- Visto: lo dispuesto en el decreto ley Nº 2.763 de 1979; en el DFL Nº 294 de 1960; en el DFL Nº 88 de 1953; en la Ley Nº 15.266; en los artículos , y Título III del Libro Cuarto del Código Sanitario, aprobado por DFL Nº 725 de 1968, del Ministerio de Salud; el artículo 32 Nº 8 de la Constitución Política del Estado, y el artículo 1º Nº 98 del decreto Nº 654 de 1994, del Ministerio del Interior, y

Considerando:

- Que la Comisión del Códex Alimentarius es un órgano auxiliar de la Organización de las Naciones Unidas para la Agricultura y la Alimentación (FAO) y de la Organización Mundial de la Salud (OMS), conformado por los Estados miembros y miembros asociados de la FAO y la OMS, que tiene por misión proponer a los gobiernos normas, códigos de prácticas, directrices y recomendaciones alimentarias con el objeto de proteger la salud de los consumidores y de facilitar el comercio mundial de alimentos a través del establecimiento de normas aceptadas internacionalmente.

- Que el suministro de alimentos no es solamente una contribución a la salud y bienestar humanos, sino que, además, es una importante actividad económica con atributos especiales para fomentar el desarrollo económico.

- La necesidad y conveniencia de implementar en Chile el funcionamiento del Comité Nacional del Códex Alimentarius, que permita la adecuada participación del país en las decisiones que le afecten de la Comisión del Códex Alimentarius, haciendo presente sus realidades y necesidades de salud pública, económicas y comerciales sobre la materia.

D e c r e t o:

  1. - Créase una comisión asesora de carácter permanente denominada Comité Nacional del Códex Alimentarius, que tendrá composición interministerial e intersectorial y que será la encargada del estudio, propuesta, análisis y evaluación de todas aquellas materias relacionadas con las normas internacionales del Códex Alimentarius.

  2. - El Comité Nacional del Códex Alimentarius estará secundado por los Sub-Comités técnicos, el Punto de Contacto y la Secretaría.

  3. - El Comité Nacional del Códex Alimentarius será la instancia máxima de esta comisión, a la que le corresponderá las siguientes funciones:

    1. Estudiar las propuestas elaboradas por los sub-comités técnicos y proponer al Ministerio competente, para su adopción formal, aquellas que apruebe.

    2. Proponer el establecimiento de los sub-comités técnicos que sean necesarios para...

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