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Decreto núm. 397 EXENTO, publicado el 15 de Octubre de 2014. DETERMINA PRECIOS DE REFERENCIA PARA COMBUSTIBLES DERIVADOS DEL PETRÓLEO

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE ENERGÍA
Rango de LeyDecreto

DETERMINA PRECIOS DE REFERENCIA PARA COMBUSTIBLES DERIVADOS DEL PETRÓLEO

Núm. 397 exento.- Santiago, 14 de octubre de 2014.- Visto: Lo dispuesto en la ley Nº 20.402, que crea el Ministerio de Energía; en la ley Nº 18.502, que establece impuestos a combustibles que señala; en la ley Nº 20.765, que crea mecanismo de estabilización de precios de los combustibles que indica; el decreto supremo Nº 1.119, de 2014, del Ministerio de Hacienda, que aprueba reglamento para la aplicación del mecanismo de estabilización de precios de los combustibles, creado por la ley Nº 20.765; el oficio ordinario Nº 436/2014, de la Comisión Nacional de Energía; y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.

Decreto:

  1. - Determínanse los precios de referencia de los siguientes combustibles derivados del petróleo:

    De acuerdo a lo establecido en el artículo 2º de la ley Nº 20.765, el valor de los parámetros "n", "m" y "s" corresponderán para gasolina automotriz a 25 semanas, 6 meses y 25 semanas, para petróleo diésel a 30 semanas, 6 meses y 30 semanas, y para gas licuado de petróleo de consumo vehicular a 92 semanas, 6...

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