Decreto 141 - FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA SERVICOMUNAL S.A. - MINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 239640494

Decreto 141 - FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA SERVICOMUNAL S.A.

EmisorMINISTERIO DE ECONOMIA, FOMENTO Y RECONSTRUCCION
Rango de LeyDecreto

FIJA FÓRMULAS TARIFARIAS DE LOS SERVICIOS DE PRODUCCIÓN Y DISTRIBUCIÓN DE AGUA POTABLE Y RECOLECCIÓN Y DISPOSICIÓN DE AGUAS SERVIDAS PARA LA EMPRESA SERVICOMUNAL S.A.

Núm. 141.- Santiago, 8 de mayo de 2009.- Vistos:

  1. - El D.F.L. N°70 de 1988, Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, del Ministerio de Obras Públicas.

  2. - La ley Nº18.902, Orgánica de la Superintendencia de Servicios Sanitarios (SISS).

  3. - El Reglamento de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, D.S. N°453 del 12 de diciembre de 1989 del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

  4. - El artículo 100 del D.S. Nº1.199 de 2004, del Ministerio de Obras Públicas.

  5. - El decreto N°140 del 19 de mayo de 2004, publicado el 5 de junio de 2004, del Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción.

  6. - Discrepancias de la empresa Servicomunal S.A. de fecha 6 de febrero de 2009; Acta de Acuerdo entre esta empresa y la Superintendencia de Servicios Sanitarios, de fecha 20 de febrero de 2009, aprobada mediante resolución SISS N°1581 de fecha 24 de abril de 2009.

  7. - El Estudio Tarifario realizado por la Superintendencia de Servicios Sanitarios, sus fundamentos, antecedentes de cálculo y resultados.

  8. - Estos antecedentes.

    Considerando:

  9. - Que, en conformidad con el artículo 2 de la Ley de Tarifas de Servicios Sanitarios, la fijación de las fórmulas tarifarias de los servicios públicos sanitarios se realiza mediante decreto expedido por el Ministerio de Economía, Fomento y Reconstrucción;

  10. - Que, el procedimiento administrativo realizado para la fijación de las tarifas de los servicios públicos sanitarios de la empresa Servicomunal S.A., correspondientes al quinquenio 2009-2013, cumple con las etapas en la forma y plazos dispuestos por la mencionada Ley de Tarifas.

  11. - Que en dicho procedimiento, la empresa Servicomunal S.A. hizo valer, en tiempo y forma, discrepancias a determinados parámetros del estudio tarifario de la Superintendencia de Servicios Sanitarios, las que fueron resueltas mediante un acuerdo directo entre dicha Superintendencia y el prestador, formalizado mediante Acta de Acuerdo de fecha 20 de febrero de 2009.

  12. - Que el acta de acuerdo directo se aprobó mediante resolución (exenta) de la Superintendencia de Servicios Sanitarios Nº1581 del 24 de abril de 2009.

  13. - Que la determinación de tarifas ha cumplido además con las Bases, normas y actos de procedimiento establecidos en el D.F.L. MOP N°70 de 1988 y su Reglamento,

    Decreto:

    Fíjanse las siguientes fórmulas tarifarias para calcular los precios máximos aplicables a los usuarios de los servicios de producción y distribución de agua potable y recolección y disposición de aguas servidas de la empresa Servicomunal S.A., en los siguientes términos:

  14. DE LAS FÓRMULAS TARIFARIAS

    1.1. DEFINICIÓN DE LAS FÓRMULAS TARIFARIAS

    1.1.1. Cargo fijo mensual por cliente ($/mes): CFCL

    CFCL = CF x IN1

    1.1.2. Cargo variable por consumo de agua potable en período no punta ($/m3): CVAP

    CVAP = CV1 x IN2 + CV4 x IN5

    1.1.3. Cargo variable por consumo de agua potable en período punta ($/m3): CVAPP

    CVAPP = CV2 x IN3 + CV5 x IN6

    1.1.4. Cargo variable por sobreconsumo de agua potable en período punta ($/m3): CVAPP2

    CVAPP2 = CV3 x IN4 + CV6 x IN7

    1.1.5. Cargo variable por servicio de alcantarillado de aguas servidas ($/m3): CVAL

    CVAL = CV7 x IN8 + CV8 x IN9

    1.2. DEFINICIÓN Y VALORES DE LOS CARGOS TARIFARIOS

    La definición de las variables incorporadas en las fórmulas tarifarias anteriores y sus respectivos valores, al 31 de diciembre de 2007, son los indicados a continuación:

    Variable Definición Valor

    CF Cargo fijo por cliente. 513

    CV1 Cargo variable por producción

    de agua potable en período no punta. 97,65

    CV2 Cargo variable por producción

    de agua potable en período punta. 97,65

    CV3 Cargo variable de sobreconsumo

    por producción de agua potable en

    período punta. 139,72

    CV4 Cargo variable por distribución

    de agua potable en período

    no punta. 102,42

    CV5 Cargo variable por distribución

    de agua potable en período punta. 102,42

    CV6 Cargo variable de sobreconsumo

    por distribución de agua potable

    en período punta. 303,25

    CV7 Cargo variable por recolección

    de aguas servidas. 62,10

    CV8 Cargo variable por disposición

    de aguas servidas sin tratamiento. 89,17

    1.3. POLINOMIOS DE INDEXACIÓN

    Se definen IN1, IN2, IN3, IN4, IN5, IN6, IN7, IN8, IN9, IN10, IN11, IN12, IN13, IN14, IN15, IN16, IN17 e IN18 como los polinomios de indexación de tarifas. Se calculan utilizando la siguiente fórmula general:

    INi = ai x IIPC + bi x IIPMII+ ci x IIPMNI

    donde:

    IIPC : Índice del Índice de Precios al Consumidor, o el que lo reemplace, calculado como IPC/IPCo, en que IPC es el Índice de Precios al Consumidor, publicado por el INE e IPCo el correspondiente a diciembre de 2007, IPCo = 93,377 (Base, diciembre 2008=100).

    IIPMII : Índice del Índice de Precios al por Mayor de Productos Importados Categoría Industrias Manufactureras, o el que lo reemplace, calculado como IPMII/IPMIIo, en que IPMII es el Índice de Precios al por Mayor de Productos Importados Categoría Industrias Manufactureras, publicado por el INE e IPMIIo el correspondiente a diciembre de 2007, IPMIIo = 99,04 (Base, noviembre 2007=100).

    IIPMNI : Índice del Índice de Precios al por Mayor de Productos Nacionales Categoría Industrias Manufactureras, o el que lo reemplace, calculado como IPMNI/IPMNIo, en que IPMNI es el Índice de Precios al por Mayor Categoría Industrias Manufactureras, publicado por el INE e IPMNIo el correspondiente a diciembre de 2007, IPMNIo = 101,13 (Base, noviembre 2007=100).

    A continuación se indican los valores de ai, bi y ci, para el respectivo INi.

    Variable Definición INi ai bi ci

    CF Cargo fijo por cliente. 1 1,0000 - -

    CV1 Cargo variable por

    producción de agua

    potable en período no

    punta. 2 0,4164 0,4937 0,0899

    CV2 Cargo variable por

    producción de agua

    potable en período punta. 3 0,4164 0,4937 0,0899

    CV3 Cargo variable de

    sobreconsumo por

    producción de agua

    potable en período punta. 4 0,4345 0,4867 0,0788

    CV4 Cargo variable por

    distribución de agua

    potable en período no

    punta. 5 0,5165 0,3292 0,1543

    CV5 Cargo variable por

    distribución de agua

    potable en...

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