Resolución núm. 140 EXENTA, publicada el 08 de Noviembre de 2010. INFORMA PRECIOS DE REFERENCIA, CORRESPONDIENTES AL TERCER TRIMESTRE DE 2010, DE LAS SUSTANCIAS METÁLICAS Y NO METÁLICAS - COMISIÓN CHILENA DEL COBRE - COMISIÓN NACIONAL - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469852734

Resolución núm. 140 EXENTA, publicada el 08 de Noviembre de 2010. INFORMA PRECIOS DE REFERENCIA, CORRESPONDIENTES AL TERCER TRIMESTRE DE 2010, DE LAS SUSTANCIAS METÁLICAS Y NO METÁLICAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorCOMISIÓN CHILENA DEL COBRE
Rango de LeyResolución

INFORMA PRECIOS DE REFERENCIA, CORRESPONDIENTES AL TERCER TRIMESTRE DE 2010, DE LAS SUSTANCIAS METÁLICAS Y NO METÁLICAS

Núm.140 exenta.- Santiago, 2 de noviembre de 2010.- Visto:

  1. Los artículos 8°, 28 y 31 del decreto con fuerza de ley N° 1/19.653 (SEGPRES), de 2001, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley N° 18.575, Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado;

  2. La Ley N° 19.880 que establece las Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los actos de los órganos de la Administración del Estado;

  3. La Ley N° 20.026 que establece un Impuesto Específico a la Actividad Minera, y sus posteriores modificaciones;

  4. Lo preceptuado en los artículos , letras n) y p), , letras d) y g), 6° y 12 del decreto ley N° 1.349, de 1976, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley N° 1 (Minería), de 1987, y sus modificaciones posteriores;

  5. El artículo 64 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta, contenida en el artículo 1° del decreto ley N° 824, de 1974;

  6. El decreto supremo N° 1.465, de Hacienda, publicado en el Diario Oficial de 5 de junio de 2006, que aprobó el Reglamento de los artículos 1°, en lo que se refiere al inciso cuarto del artículo 64 bis de la ley sobre Impuesto a la Renta, y de la Ley N° 20.026, de 2005;

  7. La Nota Interna N° 564 de la Vicepresidencia Ejecutiva de la Comisión Chilena del Cobre, de 28 de octubre de 2010, y

  8. El D.S. N° 79, de 2010, del Ministerio de Minería.

    Teniendo presente:

  9. Que a la Comisión Chilena del Cobre le corresponde asesorar al Servicio de Impuestos Internos en lo relativo al impuesto específico a la actividad minera, a que se refiere el artículo 64 bis de la Ley sobre Impuesto a la Renta, y

  10. Que el artículo 7° del decreto supremo N° 1.465, de 2006, establece que la Comisión Chilena del Cobre debe publicar en el Diario Oficial, dentro de los primeros 15 días del mes subsiguiente a cada trimestre, un informe que contenga los precios de referencia de las sustancias metálicas y no metálicas del trimestre respectivo, determinados en la forma que el mismo artículo dispone, en mérito de todo lo cual,

    Resuelvo:

    Apruébase el informe de precios de referencia de las sustancias metálicas y no metálicas del trimestre que comprende los meses de julio, agosto y septiembre de 2010, que se adjunta a la presente...

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