Decreto núm. 150 EXENTO, publicado el 12 de Junio de 2014. AMPLÍA LISTADO DE PERITOS QUE INDICA - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 514791302

Decreto núm. 150 EXENTO, publicado el 12 de Junio de 2014. AMPLÍA LISTADO DE PERITOS QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyDecreto

AMPLÍA LISTADO DE PERITOS QUE INDICA

Núm. 150 exento.- Santiago, 26 de mayo de 2014.- Vistos: El inciso 2º del artículo del decreto ley Nº 2.186, de 1978, modificado por el artículo único de la ley Nº 18.932; decreto supremo Nº 692, de Hacienda, de 7 de diciembre de 1978; ley Nº 20.175; decreto supremo Nº 19, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2001; resolución Nº 1.600, de la Contraloría General de la República, de 2008; oficio Ord. Nº 581, 30 de abril de 2014, de la Intendencia de la Región de la Araucanía; oficio Ord. Nº 376, de 2 de mayo de 2014, del señor Intendente de la Región de Antofagasta; oficios Nos 646/2014 y 647/2014, ambos de 2 de mayo de 2014, del señor Intendente de la Región de Arica y Parinacota; oficio Ord. Nº 4-391, de 5 de mayo de 2014, del señor Intendente de la Región de Valparaíso; Of. Ord. Nº 244, de 5 de mayo de 2014, del señor Intendente de la Región de Los Lagos; Ord. Jur. Nº 829, de 7 de mayo de 2014, del señor Intendente de la Región del Biobío; Ord. Nº 437, de 14 de mayo de 2014, del señor Intendente de la Región de Los Ríos; oficio Nº 302, de 14 de mayo de 2014, del señor Intendente de la Región de Atacama; Of. Ord. Nº 352, de 5 de mayo de 2014, de la señora Intendenta de la Región de Coquimbo, y Ord. Nº 646, de 20 de mayo de 2014, del señor Intendente Regional del Maule, y

Considerando: Que los señores Intendentes Regionales de la Araucanía, Antofagasta, Arica y Parinacota, Valparaíso, Los Lagos, Biobío, Los Ríos y Atacama, Coquimbo y Maule han propuesto los profesionales, de las especialidades que se individualizan en el presente acto administrativo, con el objetivo de ampliar el listado de peritos, de entre los cuales las entidades expropiantes designarán a los miembros de la Comisión encargada de determinar el monto provisional de la indemnización en un proceso expropiatorio, de conformidad al artículo 4º del decreto ley Nº 2.186, de 1978.

Decreto:

Amplíase en los siguientes profesionales la lista de peritos de la región que se indica, de entre los cuales la entidad expropiante designará a los miembros de la Comisión encargada de determinar el monto provisional de la indemnización en un proceso expropiatorio, de conformidad al artículo 4º del decreto ley Nº 2.186, de 1978:

REGIONES DE LA ARAUCANÍA, ARICA Y PARINACOTA, VALPARAÍSO, ANTOFAGASTA, BIOBÍO, LOS RÍOS, ATACAMA, COQUIMBO Y MAULE

Ingenieros civiles:

- Pedro Ignacio Zegers Riesco

- Juan Pablo Salas Cruchaga

- Jorge Arturo...

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