Decreto núm. 1, publicado el 24 de Enero de 1990. MODIFICA ORDENANZA MUNICIPAL EN SUS ARTICULOS No. 12 Y No. 15 - MUNICIPALIDAD DE LA ESTRELLA - MUNICIPALIDADES - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 471065918

Decreto núm. 1, publicado el 24 de Enero de 1990. MODIFICA ORDENANZA MUNICIPAL EN SUS ARTICULOS No. 12 Y No. 15

Publicado enDiario Oficial
EmisorMUNICIPALIDAD DE LA ESTRELLA
Rango de LeyDecreto

MODIFICA ORDENANZA MUNICIPAL EN SUS ARTICULOS No. 12 Y No. 15

Núm. 1.- En La Estrella, a 16 días del mes de Enero de 1990.- Vistos: Los artículos 42 y 43 del Decreto Ley 3.063 de 1979, Ley de Rentas Municipales, y teniendo presente las facultades que me confiere la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades.

Considerando: La necesidad de regular los Derechos Municipales por concesiones, permisos o servicios respecto de los cuales no se ha fijado su monto y la necesidad de modificar otros, vengo en dictar los siguiente:

Decreto:

Modifícase la actual Ordenanza Municipal en sus Artículos No. 12 y No. 15, quedando éstos como a continuación se señala:

ARTICULO 12

Los Derechos Municipales correspondientes a Construcción y/o Urbanización serán los que a continuación se enuncian:

- Subdivisiones y Loteos : 2% del avalúo fiscal del terreno.

- Obras nuevas, ampliaciones y regularizaciones :1,5% del Presupuesto

- Alteraciones, reparaciones, obras menores y provisorias:1,0% del presupuesto

- Planos tipo autorizados por el MINVU : 1,0% del presupuesto

- Reconstrucción :1,0% del presupuesto

- Modificaciones de Proyecto : 0,75% del presupuesto

- Demoliciones :0,5% del presupuesto

- Andamios y cierros para construcción por cada m2 de ocupación calle: 1,5% UTM diario

- Remoción de pavimentos (calzada de tierra) por cada m2 de ocupación de calle :1,5% UTM diario

- Mantención de escombros en Bien Nacional de uso público: 5% UTM por m2

- Desagüe de pozos de alcantarillados particulares:

Zona turística Lago Rapel : 60%...

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