Ley núm. 16363, publicada el 05 de Noviembre de 1965. AGREGA INCISO AL ARTICULO 1°, MODIFICA LAS LETRAS A) Y B) Y SUPRIME LA LETRA C) DEL ARTICULO 6° DE LA LEY 9.588, DE 1° DE ABRIL DE 1950, QUE CREO EL REGISTRO NACIONAL DE VIAJANTES. - MINISTERIO DEL TRABAJO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 497256258

Ley núm. 16363, publicada el 05 de Noviembre de 1965. AGREGA INCISO AL ARTICULO 1°, MODIFICA LAS LETRAS A) Y B) Y SUPRIME LA LETRA C) DEL ARTICULO 6° DE LA LEY 9.588, DE 1° DE ABRIL DE 1950, QUE CREO EL REGISTRO NACIONAL DE VIAJANTES.

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO
Rango de LeyLey

MODIFICA LA LEY NUMERO 9.588, DE 1950 Por cuanto el H. Congreso Nacional ha dado su aprobación al siguiente:

Proyecto de ley:

"Artículo único.- Introdúcense las siguientes modificaciones a la ley N.o 9.588, de 1.o de Abril de 1950:

  1. - Agrégase a su artículo 1.o el siguiente inciso, nuevo:

    "Se entenderán también por viajantes las personas que, con los mismos requisitos y en las condiciones señaladas en el inciso anterior, ofrezcan habitualmente en venta fuera del establecimiento respectivo, sea en plaza o en viaje, por cuenta de terceros, bienes o servicios tales como acciones, bonos, seguros, propaganda y, en general, las cosas comprendidas en el tráfico mercantil corriente según las disposiciones del Código de Comercio."

  2. - En la letra a) del artículo 6.o, reemplazar el punto y coma final por, ",y".

  3. - En la letra b) del artículo 6.o, sustituir ",y" por ".".

  4. - Suprimir la letra c) del artículo 6.°."

    Y por cuanto he tenido a bien aprobarlo y sancionarlo; por tanto, promúlguese y llévese a efecto como ley de la República.

    Santiago, veintisiete de Octubre de mil novecientos sesenta y cinco.- EDUARDO...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR