Decreto con Fuerza de Ley núm. 52, publicado el 20 de Diciembre de 1989. TRASPASA PERSONAL DEL INSTITUTO DE NORMALIZACION PREVISIONAL A LA OFICINA DE PLANIFICACION NACIONAL - MINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470696238

Decreto con Fuerza de Ley núm. 52, publicado el 20 de Diciembre de 1989. TRASPASA PERSONAL DEL INSTITUTO DE NORMALIZACION PREVISIONAL A LA OFICINA DE PLANIFICACION NACIONAL

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyDecreto con Fuerza de Ley

TRASPASA PERSONAL DEL INSTITUTO DE NORMALIZACION PREVISIONAL A LA OFICINA DE PLANIFICACION NACIONAL Santiago, 18 de abril de 1989.- Hoy se decretó lo que sigue:

D.F.L. N° 52.- Vistos: Lo dispuesto en el Art. 6° transitorio, en relación con los incisos cuarto, quinto, sexto y séptimo del Art. 5° de la Ley 18.689, Art. 99° de la Ley N° 18.768 y Ley N° 18.764.

Decreto:

  1. - Auméntase en 1 cargo la planta de personal de la Oficina de Planificación Nacional, en el eacalafón y grado que se indica:

    _______________________________________________________

    Escalafón (nivel) Grado N° Cargos

    _______________________________________________________

    Profesionales y Técnicos

    Universitarios 10° 1

  2. - Trasládase al funcionario del Instituto de Normalización Previsional, que se encontraba desempeñando funciones para la Oficina de Planificación Nacional, para ocupar el cargo creado en el N° anterior:

    EX SERVICIO DE SEGURO SOCIAL

    _______________________________________________________

    Nombre (nivel) Grado Calidad Jurídica

    _______________________________________________________

    ESCALAFON: ADMINISTRADORES PUBLICOS

    Uribe Obrador,

    Maria Verónica II 10° Contrata

  3. Redúcese la dotación máxima de personal del Instituto de Normalización Previsional en 1 cargo e increméntese en igual número la de la Oficina de Planificación Nacional.

  4. El Personal trasladado conservará el Régimen Previsional y de Desahucio, cuando corresponda, a que estuviere afecto, sin perjuicio de las normas establecidas en el Decreto N° 3.500, de 1980. Los funcionarios que sean traspasados en virtud de este Decreto con Fuerza de Ley, mantendrán el monto de sus remuneraciones y las diferencias que pudieren producirse serán pagadas mediante planilla suplementaria de cargo del Organismo al cual sean traspasados, la que será imponible en la forma y condiciones que lo sean sus remuneraciones en la entidad previsional de la cual provengan y registrable en el mismo porcentaje que lo sean los sueldos y se absorberán a medida de los ascensos del funcionario respectivo.

  5. - Modifícase en los términos que a continuación se indican, los presupuestos de los Servicios Públicos que se señalan:

    INSTITUTO DE NORMALIZACION PREVISIONAL

    (Partida 15, Capítulo 08, Programa 01)

    Miles de $

    Subt. Item. Asig. Incrementos Reducciones

    ----------------- ------------------------

    21

    Gastos en

    Personal 1.374

    25...

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