Resolución núm. 3829 EXENTA, publicada el 25 de Septiembre de 2010. DEROGA RESOLUCIONES QUE INDICA Y DELEGA FACULTADES SOBRE DELEGACIÓN DE FACULTADES DEL DIRECTOR NACIONAL DEL SERVICIO, A LOS SUBDIRECTORES, JEFES DE DEPARTAMENTO, DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANAS - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 469854842

Resolución núm. 3829 EXENTA, publicada el 25 de Septiembre de 2010. DEROGA RESOLUCIONES QUE INDICA Y DELEGA FACULTADES SOBRE DELEGACIÓN DE FACULTADES DEL DIRECTOR NACIONAL DEL SERVICIO, A LOS SUBDIRECTORES, JEFES DE DEPARTAMENTO, DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANAS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyResolución

DEROGA RESOLUCIONES QUE INDICA Y DELEGA FACULTADES SOBRE DELEGACIÓN DE FACULTADES DEL DIRECTOR NACIONAL DEL SERVICIO, A LOS SUBDIRECTORES, JEFES DE DEPARTAMENTO, DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANAS

Núm. 3.829 exenta.- Valparaíso, 18 de agosto de 2010.- Vistos: El artículo 41 de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se fijó mediante decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el artículo 4º número 18 de la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas, aprobado mediante decreto con fuerza de ley Nº 329, de 1979, del Ministerio de Hacienda; la resolución exenta Nº 6.034 de 02.12.98 sobre delegación de facultades del Director Nacional del Servicio, a los Subdirectores, Jefes de Departamento, Directores Regionales y Administradores de Aduanas; y la resolución exenta Nº 7.218 de 14.12.2007, que aprobó el nuevo texto de los Apéndices de la resolución exenta Nº 6.034 de 02.12.98.

Considerando:

Que mediante resolución exenta Nº 6.034 de 02.12.98, el Director Nacional de Aduanas delegó en las jefaturas del Servicio, las facultades legales que se señalaron para cada uno en sus respectivos Apéndices.

Que mediante resolución exenta Nº 7.218 de 14.12.2007, se aprobó el nuevo texto de los Apéndices de la resolución exenta Nº 6.034 de 02.12.98.

Que es política permanente del Servicio descentralizar el ejercicio de las funciones que le competen.

Que es necesario proceder a un nuevo reordenamiento, sistematización y actualización de las materias delegadas en los Subdirectores, Jefes de Departamento, y en los Directores y Administradores de Aduanas.

Que es menester establecer un procedimiento destinado a mantener permanentemente actualizados los apéndices de la resolución de delegación de facultades en las jefaturas del Servicio, de materias de orden tributario y técnico relativas a las operaciones aduaneras, y en general de materias que legal y reglamentariamente corresponde aplicar y fiscalizar al Servicio.

Que para dichos efectos es necesario derogar las anteriores resoluciones exentas por medio de las cuales se delegaron en las autoridades del Servicio facultades de carácter operativo, dictar una nueva resolución que reúna en un solo texto dichas delegaciones de facultades y las delegadas mediante resoluciones afectas, y establecer procedimientos para que los apéndices de la resolución de delegación de facultades permanezcan siempre actualizados.

Teniendo presente: la resolución Nº 1.600 de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y las facultades que me confieren el artículo 41 de la ley Nº 18.575 y el artículo 4º número 18 de la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas, dicto la siguiente,

Resolución:

  1. Deróganse las resoluciones exentas Nº 6.034 de 02.12.98, Nº 7.218 de 14.12.07, Nº 6.452 de 10.09.96, Nº 5.052 de 11.10.99, Nº 3.895 de 31.07.06, Nº 4.619 de 04.06.08, Nº 1.999 de 05.05.04, Nº 4.462 de 04.12.02, Nº 576 de 10.02.04, Nº 2.342 de 01.07.02, Nº 4.321 de 01.07.91 y Nº 8.704 de 22.12.2009, delegatorias de facultades de este Director Nacional.

  2. Deléganse las facultades que a continuación se indican en las autoridades que para cada caso se señalan:

    1. Deléganse en el Subdirector Técnico las siguientes facultades:

      1.1. Habilitar recintos para el almacenamiento de mercancías extranjeras acogidas al régimen de admisión temporal para perfeccionamiento activo.

      1.2 Calificar aquellos casos de mercancías que, por su naturaleza, no puedan ser normalmente depositadas en recintos de depósito aduanero, para efectos de que el interés a que se refiere el inciso segundo del artículo 109, se devengue a partir del cuadragésimo sexto día.

      1.3 Autorizar la destinación de salida temporal de mercancías nacionales o nacionalizadas de mercancías no susceptibles de identificarse en especie, por resolución fundada, en la que se fijarán al efecto, las condiciones y medidas de resguardo especiales.

      1.4 Conceder prórrogas al régimen de salida temporal cuando ellas hubieren sido denegadas por los Directores Regionales o Administradores de Aduanas o excedan de dos años.

      1.5 Disponer las medidas necesarias para que las mercancías enajenadas sean identificadas con fines de fiscalización, en conformidad a lo establecido en el artículo 162 de la Ordenanza de Aduanas.

      1.6 Autorizar, en casos calificados y mediante resolución fundada que parte de los procesos industriales a que se refieren los artículos 18 y 27 del DFL Nº1, del Ministerio de Hacienda, sobre zonas francas, sean realizados en la zona franca de extensión o en el resto del país.

    2. Deléganse en el...

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