Resolucion núm. 4192 EXENTA, el 05 de Julio de 2008. APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS DEL LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO PARA PROVEER CUATRO (4) CARGOS DE JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL, SECRETARÍAS MINISTERIALES DE EDUCACIÓN REGIONES DE COQUIMBO, VALPARAÍSO, DEL MAULE Y AYSÉN DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIO DE EDUCACIÓN - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 470287326

Resolucion núm. 4192 EXENTA, el 05 de Julio de 2008. APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS DEL LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO PARA PROVEER CUATRO (4) CARGOS DE JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL, SECRETARÍAS MINISTERIALES DE EDUCACIÓN REGIONES DE COQUIMBO, VALPARAÍSO, DEL MAULE Y AYSÉN DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE EDUCACIÓN
Rango de LeyResolución

APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS DEL LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO PARA PROVEER CUATRO (4) CARGOS DE JEFE DEL DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL, SECRETARÍAS MINISTERIALES DE EDUCACIÓN REGIONES DE COQUIMBO, VALPARAÍSO, DEL MAULE Y AYSÉN DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN

Núm. 4.192 exenta.- Santiago, 10 de junio de 2008.- Considerando:

Que se encuentran vacantes cuatro (4) cargos correspondientes a Jefe del Departamento de Administración Regional, grado 8° EUS, con desempeño en la Secretaría Ministerial de Educación de la Región de Coquimbo, Valparaíso, del Maule y Aysén del Ministerio de Educación.

Que por Resolución Nº 7231, de fecha 14 de septiembre de 2007, se ha declarado parcialmente desierto el "Llamado a concurso interno para proveer el cargo de Jefe del Departamento de Administración Regional para las Secretarías Regionales Ministeriales de Educación de la IV, V, VII y XII Región".

Que por Resolución Nº 5319, de fecha 29 de junio de 2007, se ha declarado desierto el "Llamado a concurso público para proveer el cargo de Jefe del Departamento de Administración Regional, Secretaría Ministerial de Educación de la XI Región de Aisén del Ministerio de Educación.

Que, para la provisión de los cuatro (4) cargos vacantes, es necesario realizar, de acuerdo con la normativa vigente un concurso público que garantice un proceso de selección igualitario objetivo, transparente y de calidad técnica.

Que, con la finalidad de propender al desarrollo eficiente y eficaz del proceso de selección que se requiere, se dispuso la contratación de un servicio de consultoría externa especializada, de conformidad con la normativa vigente, a fin que ésta desarrolle las etapas de evaluación de requisitos, curricular, técnica y psicolaboral, según como se define en las Bases que por este acto se aprueban.

Que, conforme a lo señalado en la letra c) del artículo 8º del D.F.L. Nº 29, de 2004, que fija el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado del Estatuto Administrativo, en relación con lo dispuesto en el artículo 27º de la Ley Nº 19.882, resulta necesaria la provisión de los cargos señalados mediante concurso público regulado por el Decreto Supremo de Hacienda N°69/04, que contiene el Reglamento sobre Concursos del Estatuto Administrativo.

Visto: Lo dispuesto en la letra c) del artículo de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo, cuyo Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado fue fijado por el Decreto con Fuerza de Ley Nº 29, de 2004, del Ministerio de Hacienda; el artículo 27º de la Ley Nº19.882, que regula nueva política de personal a los funcionarios públicos que indica; el Decreto Supremo N° 69, de 2004, del Ministerio de Hacienda, que contiene el Reglamento sobre Concursos del Estatuto Administrativo; el artículo , letra a) del D.F.L. (Ed.) Nº 4, de junio de 2006; Resolución Nº 7231 y 5319, de 2007, ambas del Ministerio de Educación, y la Resolución Nº 520/96, de la Contraloría General de la República, y sus modificaciones.

Resuelvo:

Artículo único

Apruébanse las Bases Administrativas y Anexos del Concurso Público para proveer cuatro (4) cargos de Jefe del Departamento de Administración Regional, grado 8° EUS, con desempeño en la Secretaría Ministerial de Educación de las Regiones de Coquimbo, Valparaíso, del Maule y Aysén , del Ministerio de Educación, cuyo texto es el siguiente:

BASES ADMINISTRATIVAS LLAMADO A CONCURSO PÚBLICO PARA PROVEER CUATRO (4) CARGOS DE JEFE DE DEPARTAMENTO DE LA PLANTA DE DIRECTIVOS AFECTOS AL ARTÍCULO 8° DE LA LEY N° 18.834 (TERCER NIVEL JERÁRQUICO) FUNCIÓN: JEFE DEPARTAMENTO DE ADMINISTRACIÓN REGIONAL SECRETARÍAS MINISTERIALES DE EDUCACIÓN REGIÓN DE COQUIMBO, VALPARAÍSO, DEL MAULE Y AYSÉN DEL MINISTERIO DE EDUCACIÓN 2008

El Ministerio de Educación requiere proveer cuatro (4) cargos de Jefe de Departamento de la Planta de Directivos Afectos al artículo 8º de la Ley Nº 18.834, en Calidad Jurídica de Titular, Grado 8º E.U.S. para desempeñarse como Jefe del Departamento de Administración Regional en la Secretaría Ministerial de Educación de las regiones de Coquimbo, Valparaíso, Maule y Aysén ubicadas en las siguientes direcciones:

NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 05.07.2008, PAGINA 4

El proceso de selección definido es un procedimiento de etapas sucesivas, en que cada etapa contempla un mecanismo de aprobación para acceder a la siguiente, y estará regido por lo indicado en el Decreto con Fuerza de Ley Nº 29, del Ministerio de Hacienda, que fijó el Texto Refundido, Coordinado y Sistematizado de la Ley Nº 18.834, sobre Estatuto Administrativo y Decreto Supremo de Hacienda Nº 69, de 2004, que contiene el Reglamento sobre Concursos del Estatuto Administrativo.

  1. - POSTULANTES:

    El Ministerio de Educación invita a presentar sus antecedentes al siguiente llamado a concurso público a los profesionales que acrediten Título Profesional en el área de la Administración, Finanzas, Contabilidad o de la Ingeniería, que hayan desarrollado parte importante de su carrera laboral en el ámbito de la Administración y Gestión, que posean altos valores éticos y sentido de la probidad, que deseen integrarse a la Secretaría Ministerial de Educación de las regiones de Coquimbo, Valparaíso, del Maule y Aysén y que reúnan los requisitos solicitados.

    Con la finalidad de resguardar la confidencialidad de la información y la transparencia del proceso, todos los postulantes serán identificados a través del número de RUT.

  2. - CARACTERÍSTICAS DEL CARGO:

    NOTA: VER DIARIO OFICIAL DE 05.07.2008, PAGINA 4

    Funciones

    * Administrar eficientemente los recursos

    financieros, humanos, materiales y tecnológicos puestos a disposición del nivel regional, orientando su tarea hacia la gestión y administración de los sistemas operativos y administrativos propios del área, así como de la optimización de los procesos y procedimientos establecidos, mejorando la calidad de los productos esperados.

    * Procurar una gestión eficiente orientada a dar satisfacción a los usuarios y a la obtención de los objetivos institucionales.

    * En el área Presupuestaria supervisar y coordinar el sistema de información contable, financiera y presupuestaria de modo de hacerlo operativo en los diferentes niveles, Regional, Provincial y de la Secretaría.

    * En el área de Infraestructura Institucional y Equipamiento, será responsable de la administración y mantenimiento de los inventarios de bienes institucionales, de los muebles e inmuebles, de los vehículos de la institución, como asimismo de gestionar los procesos que implican la gestión de la información, y los procesos de adquisiciones y licitaciones, entre otros.

    * En el área de Recursos Humanos, le corresponderá administrar la política sobre esta materia en relación a dotaciones y controles de procedimientos, Sistemas de Capacitación, Evaluación del Desempeño, Selección, Higiene y Seguridad, y Remuneraciones.

    * En el área de Bienestar, será responsable de coordinar las acciones que en esta materia instruye Bienestar del Nivel Central.

    * En el área de Partes y Archivos, le corresponderá coordinar las tareas de esta unidad asociadas al registro, despacho y almacenamiento de la información y documentación.

  3. - REQUISITOS:

    3.1 Requisitos Generales:

    Los postulantes deberán cumplir con los Requisitos Generales establecidos en el Artículo 12º del DFL Nº 29 /04 del Ministerio de Hacienda, que fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley 18.834/89 sobre Estatuto Administrativo, esto es:

    1. Ser ciudadano.

    2. Haber cumplido con la ley de reclutamiento y movilización cuando fuere procedente.

    3. Tener salud compatible con el desempeño del cargo.

    4. Haber aprobado la educación básica y poseer el nivel educacional o título profesional que por la naturaleza del empleo exija la ley.

    5. No haber cesado en un cargo público como consecuencia de haber obtenido una calificación deficiente, o por medida disciplinaria, salvo que haya transcurrido más de cinco (5) años desde la fecha de expiración de funciones.

    6. No estar inhabilitado para el ejercicio de funciones o cargos públicos, ni hallarse condenado o procesado por crimen o simple delito.

      Sin perjuicio de lo anterior, los postulantes no podrán estar afectos a alguna de las inhabilidades e incompatibilidades previstas en los artículos 54° y 56° de la Ley Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, Ley N° 18.575, cuyo texto fue refundido, coordinado y sistematizado por el DFL Nº1/19.653, esto es:

      . Tener vigentes o suscribir, por sí o por terceros, contratos o cauciones ascendientes a 200 UTM o más con el Ministerio de Educación.

      . Tener litigios pendientes con el Ministerio de Educación, a menos que se refieran al ejercicio de derechos propios, de su cónyuge, hijos, adoptados o parientes hasta tercer grado de consanguinidad y segundo de afinidad inclusive.

      . Ser director, administrador, representante o socio titular del 10% o más de los derechos de cualquier clase de sociedad, cuando ésta tenga contratos o cauciones vigentes ascendientes a 200 UTM o más, o litigios pendientes con el Ministerio de Educación . Ser cónyuge, hijo, adoptado o pariente hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad inclusive de las autoridades y de los funcionarios directivos del Ministerio de Educación, hasta el nivel de Jefe de Departamento inclusive.

      . Desarrollar actividades particulares en los mismos horarios de labores dentro del Ministerio de Educación, o que interfieran con su desempeño funcionario, salvo actividades de tipo docente, con un máximo de 12 horas semanales.

      3.2 Requisitos Específicos

      Requisitos del Artículo 2º letra a) del Decreto con Fuerza de Ley de Educación Nº 4, de 2006, que fija plantas del personal para el Ministerio de Educación:

      Directivos afectos al artículo 8º de la Ley Nº 18.834, se requiere alternativamente:

    7. Título profesional de una carrera de a lo menos, 10 semestres de duración, otorgado por una Universidad o...

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