Resolución núm. 1955 EXENTA, publicada el 06 de Diciembre de 2013. INICIA PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO EN CONTRA DE LA EMPRESA CONSTRUCTORA, INMOBILIARIA Y COMERCIAL CONINCO LIMITADA - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 480308418

Resolución núm. 1955 EXENTA, publicada el 06 de Diciembre de 2013. INICIA PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO EN CONTRA DE LA EMPRESA CONSTRUCTORA, INMOBILIARIA Y COMERCIAL CONINCO LIMITADA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

INICIA PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO EN CONTRA DE LA EMPRESA CONSTRUCTORA, INMOBILIARIA Y COMERCIAL CONINCO LIMITADA

Núm. 1.955 exenta.- Valparaíso, 27 de septiembre de 2013.- Vistos:

a.) El DL 1.305, publicado en el Diario Oficial del 09/02/76;

b.) El DS 397, publicado en el Diario Oficial del 08/02/77;

c.) El DS Nº 63, de 1997, que aprueba el Reglamento del Registro Nacional de Constructores de Viviendas Sociales, Modalidad Privada;

a.) El ordinario Nº 484, de 30 de junio de 2010, de la Subsecretaría de Vivienda y Urbanismo, que remite Manual de Procedimiento Sancionatorio elaborado por la Contraloría Regional;

b.) El ordinario Nº 7.413, de 26 de agosto de 2013, mediante el cual la Directora de Serviu solicita iniciar un procedimiento sancionatorio contra la Empresa Constructora Coninco Limitada;

c.) Ficha de Constructores correspondiente a Constructora, Inmobiliaria y Comercial Coninco Limitada, de fecha 25 de septiembre de 2009;

d.) La ley Nº 19.880, que establece las bases de los procedimientos administrativos que rigen los actos de los Órganos de la Administración del Estado;

e.) La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón;

f.) El DS 50 de Vivienda y Urbanismo, de 28 de abril de 2010, que nombra al infrascrito Secretario Regional Ministerial en la Región de Valparaíso.

Considerando:

  1. Mediante Ord. Nº 7.413, de fecha 26 de agosto de 2013, la Directora de Serviu Región de Valparaíso ha solicitado a esta repartición iniciar procedimiento sancionatorio en contra de la Empresa Constructora, Inmobiliaria y Comercial Coninco Limitada, en virtud de lo dispuesto en el artículo 3 y letra d) del artículo 11 del decreto supremo Nº 63, de 1997, por cuanto denuncia que en los proyectos Don Daniel I y II y en el proyecto Los Olivos se evidenciaron falencias constructivas en las obras ejecutadas, principalmente en las partidas de hormigón armado.

  2. Respecto a las obras de los proyectos Don Daniel I y Don Daniel II, indican que el proyecto se compone de un total de 260 viviendas, distribuidas en 120 departamentos en proyecto Don Daniel I, y 140 viviendas en proyecto Don Daniel II, distribuidas en 60 casas y 80 departamentos. Expresa que obras se iniciaron con fecha 11 de abril del año 2011, con la Empresa Constructora Coninco Ltda., sin embargo, la empresa cae en una notoria insolvencia, no logrando ejecutar el proyecto hasta su término, razón por la cual con...

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