Resolución núm. 888 EXENTA, publicada el 14 de Enero de 2015. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS QUE INDICA POR RUTA Y FECHA QUE SEÑALA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 552704506

Resolución núm. 888 EXENTA, publicada el 14 de Enero de 2015. PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS QUE INDICA POR RUTA Y FECHA QUE SEÑALA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

PROHÍBE CIRCULACIÓN DE VEHÍCULOS QUE INDICA POR RUTA Y FECHA QUE SEÑALA

Núm. 888 exenta.- Copiapó, 29 de diciembre de 2014.- Visto: La ley Nº 18.059; los artículos 107 y 113, del DFL Nº1 de 2007, de los Ministerios de Transportes y Telecomunicaciones y de Justicia que "Fija texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley de Tránsito" y la resolución Nº59 de 1985, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones.

Considerando

  1. Que, por medio de oficio Mindep/SUB/(0) Nº 1387 de la Subsecretaría del Deporte, de fecha 11 de noviembre de 2014, que adjunta oficio del Director de Relaciones Exteriores de ASO, de fecha 10 de noviembre de 2014, se solicita, producto del evento "Rally Dakar" que se realizará en Argentina, Bolivia y Chile, que se restrinja la circulación de tránsito de todo tipo de vehículos hacia el Paso Fronterizo San Francisco, por pista ascendente hacia la cordillera, específicamente desde sector el Chulo km. 24,5 hasta el límite con Argentina Km. 280.

  2. Que, a partir de lo anterior, se solicita a esta Secretaría Regional, mediante oficio Ord Nº2.146 de la Dirección de Vialidad de Atacama, de fecha 29 de diciembre de 2014, realizar las gestiones pertinentes con miras a prohibir la circulación de dichos vehículos, por la pista ascendente hacia la cordillera, rutas y tramos mencionados, a partir de las 20:00 hrs. del 6 de enero de 2015 hasta las 20:00 hrs. del 7 de enero de 2015, de manera de generar las condiciones de seguridad tanto para los competidores como los usuarios habituales del camino y prevenir de accidentes de tránsito.

  3. Que, esta Secretaría Regional debe disponer las medidas de gestión de tránsito necesarias para la adecuada realización del evento deportivo señalado, a objeto que éste se desarrolle en...

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