Resolución núm. 492 EXENTA, publicada el 21 de Abril de 2017. APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y ANEXOS DEL CONCURSO PÚBLICO DE 'FONDO DE FORTALECIMIENTO DE ORGANIZACIONES DE INTERÉS PÚBLICO, AÑO 2017'
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | SECRETARÍA GENERAL DE GOBIERNO |
Rango de Ley | Resolución |
APRUEBA BASES ADMINISTRATIVAS, TÉCNICAS Y ANEXOS DEL CONCURSO PÚBLICO DE "FONDO DE FORTALECIMIENTO DE ORGANIZACIONES DE INTERÉS PÚBLICO, AÑO 2017"
Núm. 272/492 exenta.- Santiago, 31 de marzo de 2017.
Vistos:
La Ley Nº 19.032 que reorganiza el Ministerio Secretaría General de Gobierno; el decreto con fuerza de ley Nº 1, del Ministerio Secretaría General de Gobierno, de 1992; Ley de Presupuestos del Sector Público para el año 2017; el DFL Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; la Ley Nº 20.500 sobre Asociaciones y Participación Ciudadana en la Gestión Pública; el decreto Nº 1, de 2012, del Ministerio Secretaría General de Gobierno; la resolución Nº 270/1, de 15 de febrero de 2016, de este Ministerio, que proclama los miembros titulares y suplentes del Consejo Nacional del Fondo de Fortalecimiento de las Organizaciones de Interés Público; el decreto supremo Nº 16, de 26 de octubre de 2016, de esta Secretaría de Estado, que designa en el cargo al Subsecretario General de Gobierno, y la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República.
Considerando:
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Que, al Ministerio Secretaría General de Gobierno le corresponde constituir un canal de vinculación entre el Gobierno y las diversas organizaciones sociales, cualquiera sea su naturaleza.
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Que, en el marco de los programas referidos, es procedente financiar actividades que tengan por objeto el fortalecimiento, autonomía, sustentabilidad de las Organizaciones Sociales y sus redes.
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Que, la Partida 20, Capítulo 01, Programa 01, Subtítulo 24, Ítem 03, Asignación 318, establece presupuesto para el "Fondo de Fortalecimiento de Organizaciones y Asociaciones de Interés Público", para el financiamiento de proyectos de carácter nacional, regional y local.
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Que, el artículo 21 de la Ley Nº 20.500, establece el Fondo de Fortalecimiento de las Organizaciones de Interés Público, y contempla el financiamiento de iniciativas de proyectos y programas de carácter regional y nacional.
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Que, el artículo 29 del decreto Nº 1, de 2012, establece que los proyectos de carácter comunal y local se regirán por lo que señalen las respectivas Leyes de Presupuestos y las demás normativas que les fuera aplicable.
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Que, el decreto Nº 1 de este Ministerio, en su artículo 32 establece que la función ejecutiva del Fondo...
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