Resolución núm. 482 EXENTA, publicada el 17 de Junio de 2015. LLAMA A POSTULACIÓN REGIONAL PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR PARA EL ACONDICIONAMIENTO TÉRMICO DE VIVIENDAS DE LA REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA; Y FIJA EL MONTO DE RECURSOS DISPONIBLE - MINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 574727486

Resolución núm. 482 EXENTA, publicada el 17 de Junio de 2015. LLAMA A POSTULACIÓN REGIONAL PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR PARA EL ACONDICIONAMIENTO TÉRMICO DE VIVIENDAS DE LA REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA; Y FIJA EL MONTO DE RECURSOS DISPONIBLE

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE VIVIENDA Y URBANISMO
Rango de LeyResolución

LLAMA A POSTULACIÓN REGIONAL PARA EL DESARROLLO DE PROYECTOS DEL TÍTULO II, MEJORAMIENTO DE LA VIVIENDA, DEL PROGRAMA DE PROTECCIÓN DEL PATRIMONIO FAMILIAR PARA EL ACONDICIONAMIENTO TÉRMICO DE VIVIENDAS DE LA REGIÓN DE MAGALLANES Y ANTÁRTICA CHILENA; Y FIJA EL MONTO DE RECURSOS DISPONIBLE

Núm. 482 exenta.- Punta Arenas, 5 de junio de 2015.

Vistos:

  1. El DS Nº 255, de 2006 (V. y U.), y sus modificaciones, que regula el Programa de Protección del Patrimonio Familiar, en especial lo dispuesto en su artículo 6 bis, sobre Acondicionamiento Térmico de las Viviendas y su artículo 13, sobre los Llamados a Postulación;

  2. La circular Nº17, del Sr. Subsecretario de Vivienda y Urbanismo, de fecha 26 de mayo de 2015, que modifica la circular Nº1 de fecha 21 de enero de 2015, que distribuye regionalmente el Programa Habitacional del año 2015, asignándole a la Región de Magallanes y Antártica Chilena, 600 subsidios de acondicionamiento térmico de viviendas, del Título II del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, equivalentes a 100.800 Unidades de Fomento;

  3. La resolución exenta Nº 110, del Ministerio de Vivienda y Urbanismo, de fecha 8 de enero de 2015, y sus modificaciones, que autoriza llamados a postulación para subsidios habitacionales en sistemas y programas habitacionales que indica;

  4. El oficio Ord. Nº 394, de la Sra. Ministra de Vivienda y Urbanismo, de fecha 25 de mayo de 2015, que autoriza la realización de un llamado regional extraordinario del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, en su Título II, Mejoramiento de la Vivienda, para subsidios de acondicionamiento térmico, año 2015,

  5. Las facultades que me confiere el DS Nº 397 (V. y U.), de 1976,

  6. El DS Nº 49 (V. y U.), de 2014, que me nombra Secretario Regional Ministerial de Vivienda y Urbanismo de la Región de Magallanes y Antártica Chilena, y

    Considerando:

    La necesidad de atender a las familias que requieren acondicionar térmicamente sus viviendas para lograr el estándar de transmitancia térmica definida en el artículo 4.1.10 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, a pesar de que éstas no cumplan todos los requisitos de postulación definidos en el DS Nº 255/2006, que regula el Programa de Protección del Patrimonio Familiar, así como también, colaborar con la medida presidencial 27 A, en especial la importancia que tiene para este Ministerio complementar la intervención integral de los barrios, incorporando el componente habitacional en el mejoramiento de las viviendas ubicadas al interior de los polígonos trabajados por el programa de Recuperación de Barrios, dicto la siguiente

    Resolución:

  7. Llámase a postulación regional, para el otorgamiento de subsidios del Título II del Programa de Protección del Patrimonio Familiar, destinados al acondicionamiento térmico de la vivienda, conforme a lo indicado en el artículo 6 bis del DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, y sus modificaciones, para seleccionar mensualmente proyectos, que cuenten con Certificado de Calificación hasta el último día hábil de cada mes, a partir del mes de junio y hasta el mes de diciembre del año 2015.

  8. Los recursos asignados para la selección de los proyectos postulantes en este llamado corresponden a 100.800 UF.

  9. Conforme a lo indicado en el artículo 6º bis del DS Nº 255 (V. y U.), de 2006, el proyecto presentado debe considerar que la vivienda, una vez intervenida, cumpla con las exigencias de Acondicionamiento Térmico establecidas en el artículo 4.1.10 de la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, para la zona térmica 7, definida en la resolución Nº 482 (V. y U.), de 1999. Para acreditar el...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR