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Resolución núm. 4558 EXENTA, publicada el 18 de Agosto de 2015. MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 7.591 DE 2012, COMO INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyResolución

MODIFICA RESOLUCIÓN Nº 7.591 DE 2012, COMO INDICA

Núm. 4.558 exenta.- Valparaíso, 30 de julio de 2015.

Vistos:

La resolución Nº 7.591 del 2 de octubre de 2012, mediante la cual se aprobaron las "Normas sobre la Presentación Electrónica del Manifiesto de Carga por Vía Marítima";

Las resoluciones Nº 59 de 03.01.2014 y Nº 5.710 del 10.10.2014, mediante las cuales se establecieron las normas para la presentación electrónica y canje de los B/L que derivan de un B/L máster, instruyendo su entrada en vigencia en forma gradual en las diversas aduanas marítimas del país;

La resolución Nº 7.303 del 30 de diciembre de 2014, mediante la cual se impartieron instrucciones para la aplicación del nuevo artículo 177 de la Ordenanza de Aduanas, fijado por el numeral 7 del artículo 11 de la ley 20.780 del 29 de septiembre de 2014, sobre Reforma Tributaria, mediante la cual se amplía el tipo de contravenciones susceptibles de ser auto denunciadas.

Considerando:

Que con la implementación de la transmisión electrónica de los mensajes de los B/L que derivan de un B/L máster, se han reducido en forma considerable los plazos para su transmisión, contando sólo con 24 horas corridas previas al arribo estimado de la nave para tales efectos, y, en caso de existir B/L nietos, generalmente su transmisión se realiza cuando la carga ya se encuentra arribada, con el consiguiente perjuicio económico para los importadores al no poder generar un retiro directo;

Que, por otra parte, los plazos actualmente vigentes para la transmisión de estos mensajes, no permiten a las Unidades de Análisis de Manifiesto de las Aduanas realizar un análisis de información adecuado, en forma anticipada al arribo de la nave, dificultando la realización de una oportuna y efectiva fiscalización.

Que, es necesario incorporar a la resolución Nº 5.791 de 2012 las instrucciones contenidas en la resolución Nº 7.303 de 2014, y

Teniendo presente:

Las normas citadas, la resolución Nº 1.600 de 2008 de la Contraloría General de la República sobre exención de trámite de toma de razón y las facultades que me confiere el número 8 del artículo 4 de la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas, dicto la siguiente:

Resolución:

  1. Modifíquese como se indica la resolución Nº 7.591 del 2 de octubre de 2012:

    1.1 Sustitúyase el primer párrafo del numeral 4.2 por el siguiente:

    "El envío de los mensajes de los conocimientos de embarque se podrá efectuar desde que el encabezado del manifiesto haya sido numerado por el...

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