Resolución núm. 4089 EXENTA, publicada el 14 de Julio de 2017. DELEGA EN DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANA FACULTAD QUE INDICA - MINISTERIO DE HACIENDA - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 685921869

Resolución núm. 4089 EXENTA, publicada el 14 de Julio de 2017. DELEGA EN DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANA FACULTAD QUE INDICA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE HACIENDA
Rango de LeyResolución

DELEGA EN DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANA FACULTAD QUE INDICA

Núm. 4.089 exenta.- Valparaíso, 3 de julio de 2017.

Vistos:

El artículo 41 de la ley 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado se fijó mediante decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; el artículo 4º número 18 de la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas, aprobado mediante decreto con fuerza de ley Nº 329, de 1979, del Ministerio de Hacienda; y la resolución exenta Nº 3.829, de 18.08.2010, mediante la cual el Director Nacional de Aduanas delegó en las jefaturas del Servicio, las facultades legales que se señalaron.

Considerando:

Que mediante resolución exenta Nº 3.829, de 18.08.2010, se delegaron las facultades indicadas, en las autoridades que para cada caso se señalaron.

Que mediante el artículo 210 literal b) de la ley Nº 20.997 se modificó la Sección 0 del Arancel Aduanero, introduciendo la Nota Legal Nº 6 de la Partida 00.33, que establece textualmente: "El plazo de permanencia en el extranjero a que se refiere esta Partida se contará hacia atrás desde la fecha de regreso del beneficio a Chile y no podrá interrumpirse por un plazo superior a sesenta días en total, salvo en casos debidamente calificados por el Director Nacional de Aduanas".

Que en atención a que la facultad para calificar la interrupción del plazo de permanencia en el extranjero otorgada en los términos ya reproducidos, constituye una función operativa y que la política permanente del Servicio es descentralizar y desconcentrar el ejercicio de las funciones que le competen, se ha estimado pertinente delegar en los Directores Regionales y Administradores de Aduana la facultad de calificarla, introduciendo para tales efectos las modificaciones respectivas a la resolución exenta Nº 3.829, de 18.08.2010.

Teniendo presente:

La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que fija normas sobre exención del trámite de toma de razón, y las facultades que me confieren el artículo 41 de la ley Nº 18.575 y el artículo 4º número 18 de la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas, dicto la siguiente

Resolución:

  1. Delégase en los Directores...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR