Resolución núm. 402 EXENTA, publicada el 16 de Octubre de 2015. APRUEBA SEGUNDA EDICIÓN DEL DAN 17 03, CREDENCIALES Y PERMISOS AEROPORTUARIOS - MINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 584947114

Resolución núm. 402 EXENTA, publicada el 16 de Octubre de 2015. APRUEBA SEGUNDA EDICIÓN DEL DAN 17 03, CREDENCIALES Y PERMISOS AEROPORTUARIOS

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE DEFENSA NACIONAL
Rango de LeyResolución

APRUEBA SEGUNDA EDICIÓN DEL DAN 17 03, CREDENCIALES Y PERMISOS AEROPORTUARIOS

Núm. 402 exenta.- Santiago, 22 de septiembre de 2015.

Vistos:

  1. Ley Nº 18.916, Aprueba Código Aeronáutico.

  2. Ley Nº16.752, Fija Organización y Funciones y Establece Disposiciones Generales a la Dirección General de Aeronáutica Civil.

  3. Decreto Nº 222, de 2004, Aprueba el Reglamento Orgánico y de Funcionamiento de la Dirección General de Aeronáutica Civil.

  4. Decreto Nº 63, de 2008, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba el Reglamento de Seguridad, Protección de la Aviación Civil contra los Actos de Interferencia Ilícita (DAR 17).

  5. Decreto Nº 172, de 1974, del Ministerio de Defensa Nacional, DAR 50 Reglamento de Tasa y Derechos Aeronáuticos.

  6. Resolución Nº 0968-E del 30 de julio de 2010 mediante la cual aprueba la Tercera Edición del DROF del Departamento Planificación.

  7. Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil.

  8. Programa Nacional de Control de Calidad de la Seguridad de la Aviación Civil.

  9. Resolución Nº 01504-E del 29 de octubre de 2010 mediante la cual aprueba el PRO ADM 02 Estructura Normativa de la DGAC.

    Considerando:

    La necesidad de actualizar las normas que regulan el otorgamiento de credenciales aeroportuarias en los aeródromos administrados por la Dirección General de Aeronáutica Civil.

    Resuelvo:

    Apruébase la Segunda Edición del DAN 1703, Credenciales y Permisos Aeroportuarios y derogase la resolución Nº 01276 del 14 de noviembre de 2011 que aprobó la segunda enmienda de la DAN 17 03.

    Anótese y comuníquese.- Maximiliano Larraechea Loeser, General de Aviación, Director General.

    NORMA AERONÁUTICA DAN 17 03, CREDENCIALES Y PERMISOS AEROPORTUARIOS, resolución Nº 0402 de fecha 22 de septiembre de 2015.

    1. Propósito. Establecer las normas que regulan el otorgamiento de credenciales aeroportuarias en los aeródromos administrados por la Dirección General de Aeronáutica Civil.

    2. Antecedentes.

  10. Código Aeronáutico.

  11. Ley Nº 16.752, Orgánica de la DGAC.

  12. Decreto Nº 63, de 2008, del Ministerio de Defensa Nacional, que aprueba el Reglamento de Seguridad, Protección de la Aviación Civil contra los Actos de Interferencia Ilícita (DAR 17).

  13. Decreto Nº 172, de 1974, del Ministerio de Defensa Nacional, DAR 50 Reglamento de Tasa y Derechos Aeronáuticos.

  14. Programa Nacional de Seguridad de la Aviación Civil.

  15. Programa Nacional de Control de Calidad de la Seguridad de Aviación Civil.

  16. Reglamento Orgánico y de Funcionamiento de la Dirección General de Aeronáutica Civil.

    1. Materia. Capítulo 1 Definiciones Autoridad Aeronáutica. La Dirección General de Aeronáutica Civil. Autoridad Aeroportuaria. La Autoridad designada por el Director General de Aeronáutica Civil, responsable de la administración del aeródromo. Parte Aeronáutica. El área de movimiento de un aeródromo y de los terrenos y edificios adyacentes o las partes de los mismos cuyo acceso está controlado. Parte Pública. Área de un aeródromo y los edificios a los que tienen acceso ilimitado los pasajeros que viajan y el público no viajero. Puesto de Control de Acceso (PCA). Espacio definido en el recinto aeroportuario, distinto a las salas de embarque, donde se controla el acceso de personas y vehículos que requieran acceder a la parte aeronáutica de un aeródromo y que han sido debidamente autorizados. Puesto de Control de Seguridad (PCS). Espacios definidos en el recinto aeroportuario, ubicados y equipados con medios humanos y técnicos, destinados al control previo de pasajeros y sus equipajes, bultos, especies o artículos que al ser inspeccionados puedan constituir riesgo para la seguridad de las operaciones aéreas o aeroportuarias. Verificación de Antecedentes. Verificación de la identidad y la experiencia de una persona, incluyendo cualquier antecedente penal, cuando esté legalmente permitido, como parte de la evaluación de la idoneidad de un individuo para aplicar un control de seguridad y/o para tener acceso sin escolta a una zona de seguridad restringida. Capítulo 2 Generalidades. 2.1 El párrafo 4.2.3, del DAR 17 dispone que la DGAC establecerá un sistema de identificación de personas y vehículos para impedir el acceso no autorizado a la zona de la parte aeronáutica y las zonas de seguridad restringida. Verificará la identidad en los puntos de inspección designados antes de permitir el acceso a las zonas de la parte aeronáutica y las zonas de seguridad restringida. 2.2 Según el párrafo 4.3.1 del PNSAC, la DGAC establecerá normas para el otorgamiento de credenciales, Tarjeta de Ingreso Controlado a los Aeródromos (TICA) y Permiso de Acceso de Vehículos (PAV). En esta norma se dispone el alcance, requisitos de otorgamiento, zonas, tipos de usuarios y criterios de otorgamiento. 2.3 En esta Norma se establece un sistema de credenciales aeroportuarias de seguridad para identificar a los usuarios que por motivos operacionales o de prestación de servicios requieran ingresar a la parte aeronáutica y a las zonas restringidas de los aeródromos clase A y B que prestan servicios a la aviación civil. 2.4 Según el párrafo 4.3.3 del PNSAC, la DGAC dispondrá que se inspeccione a todas las personas que no sean pasajeros y a quienes se autorice el ingreso a las zonas de seguridad restringida, así como los artículos que transporten. Capítulo 3 Alcance de La Norma y Disposiciones Generales. 3.1 Alcance de la Norma. 3.1.1 Las disposiciones contenidas en la presente Norma Aeronáutica son aplicables a:

  17. Organismos públicos que desarrollan funciones en los aeródromos.

  18. Explotadores de aeronaves nacionales e internacionales.

  19. Explotadores de terminales de pasajeros.

  20. Bases Fijas de Mantenimiento FBO (Operador de Base Fija o Fixed Base Operator).

  21. Empresas de servicios que operan en aeródromos.

  22. Agencias de carga acreditadas ante la Autoridad Aeronáutica.

  23. ...

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