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Resolución núm. 4 EXENTA, publicada el 21 de Enero de 2021. DECLARA SUSPENSIÓN DE REMATES EN LAS UNIDADES DE CRÉDITO DEL PAÍS PARA EL MES DE FEBRERO DE 2021

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DEL TRABAJO Y PREVISIÓN SOCIAL
Rango de LeyResolución

DECLARA SUSPENSIÓN DE REMATES EN LAS UNIDADES DE CRÉDITO DEL PAÍS PARA EL MES DE FEBRERO DE 2021

Núm. 4 exenta.- Santiago, 14 de enero de 2021.

Vistos:

  1. La Ley N° 18.575 Orgánica Constitucional sobre Bases Generales de la Administración del Estado.

  2. La Ley N° 19.880, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, sobre Bases de los Procedimientos Administrativos.

  3. El DFL N° 16 de 1986, del Ministerio del Trabajo y Previsión Social, Subsecretaría del Trabajo.

  4. El decreto N° 6.465, de 1951, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el Reglamento de préstamos de la Dirección General del Crédito Prendario.

  5. Las resoluciones N° 6, N° 7 y N° 8, de 2019, todas de la Contraloría General de la República.

    Considerando:

  6. Que la autoridad sanitaria ha declarado al coronavirus Covid-19 en fase 4, señalando además una serie de medidas para el control de la propagación de la enfermedad, como se desprende de lo informado en la siguiente publicación del 16 de marzo de 2020: htts://minsal.cl/coronavirus-.

  7. El decreto N° 104, de fecha 18 de marzo de 2020, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, que "Declara Estado de Excepción Constitucional de Catástrofe, por Calamidad Pública, en el territorio de Chile".

  8. El Gab. Pres. N° 003, de fecha 16 de marzo de 2020, mediante el cual S.E. el Presidente de la República "Imparte Instrucciones y medidas de prevención y reacción por los casos de Covid-19 a los ministerios y servicios públicos que dependen o se relacionen a través de ellos".

  9. El Instructivo de aplicación inmediata por la pandemia coronavirus Covid-19, Dirección General del Crédito Prendario.

  10. El dictamen N° 3.610, de la Contraloría General de la República, de fecha 17 de marzo de 2020, sobre las medidas de gestión que pueden adoptar los órganos de la administración del Estado a propósito del brote de Covid-19.

  11. La resolución exenta N° 106, de la Dirección General del Crédito Prendario, de fecha 18 de marzo de 2020, que autoriza la modalidad flexible de organización de trabajo para los funcionarios que se indica y establece medidas a propósito del brote de Covid-19.

  12. La resolución exenta N° 327, de la Dirección General del Crédito Prendario, de fecha 28 de agosto de 2020, que deja sin efecto las resoluciones exentas N° 105 y N° 109, ambas de 2020, y autoriza la exención de control horario y modalidad de trabajo remoto para los funcionarios que se indican.

  13. Que, en aplicación de lo...

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