Resolución núm. 3812 EXENTA, publicada el 22 de Noviembre de 2014. DISPONE QUE PROGRAMA INFORMÁTICO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA SE INTEGRE AL SOFTWARE PÚBLICO - SERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACIÓN REGIÓN METROPOLITANA - OTROS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 545188954

Resolución núm. 3812 EXENTA, publicada el 22 de Noviembre de 2014. DISPONE QUE PROGRAMA INFORMÁTICO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA SE INTEGRE AL SOFTWARE PÚBLICO

Publicado enDiario Oficial
EmisorSERVICIO DE VIVIENDA Y URBANIZACIÓN REGIÓN METROPOLITANA
Rango de LeyResolución

DISPONE QUE PROGRAMA INFORMÁTICO DE LA PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA SE INTEGRE AL SOFTWARE PÚBLICO

Núm. 3.812 exenta.- Santiago, 13 de noviembre de 2014.- Vistos: Estos antecedentes y teniendo presente además, el Ord. Nº 1887, del 16 de octubre de 2014, del Jefe de la Unidad de Modernización y Gobierno Digital, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia; la Ley 17.336, sobre Propiedad Intelectual; lo dispuesto en la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, del año 2001; decreto supremo Nº738, de fecha 11 de marzo de 2014, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República; razones de buen servicio, y

Considerando:

  1. Que, la implementación, desarrollo y puesta en marcha de una política de transferencia tecnológica de soluciones informáticas es uno de los aspectos fundamentales del Gobierno Electrónico, lo cual se traduce, dentro de los ejes principales de esa política, en el de "Gobierno Abierto", y que importa incrementar la participación democrática y la transparencia de la función pública, mediante la liberación al público de datos y obras producidas por el Estado;

  2. Que, tal iniciativa se ha materializado a través de la implementación de un Software Público, www.softwarepublico.gob.cl, el cual es administrado por la Unidad de Modernización del Estado y Gobierno Electrónico, dependiente del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, y que funciona como un sistema abierto de transferencia tecnológica, al cual pueden acceder los órganos públicos, lo que les permite beneficiarse con sustantivos ahorros en recursos financieros y humanos, además de provocar el incentivo de la colaboración interinstitucional en la creación de soluciones tecnológicas que tengan impacto público;

  3. Que, la Presidencia de la República ha desarrollado la aplicación "Sistema Integrado de Gestión Administrativa, SIGA", que permite una mejora sustantiva en los procesos administrativos de esta Entidad, lo que se ha traducido en una mayor y mejor eficiencia y eficacia en nuestras actuaciones administrativas;

  4. Que, el artículo 88 de la Ley Nº 17.336, sobre Propiedad Intelectual establece que "El Estado, los Municipios, las Corporaciones oficiales, las instituciones semifiscales o autónomas y...

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