Resolución núm. 3768 EXENTA, publicada el 26 de Septiembre de 2015. DELEGACIÓN FACULTAD DE MATERIAS QUE INDICA EN EL JEFE DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE JUSTICIA |
Rango de Ley | Resolución |
DELEGACIÓN FACULTAD DE MATERIAS QUE INDICA EN EL JEFE DEL DEPARTAMENTO ADMINISTRATIVO
Santiago, 22 de septiembre de 2015.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 3.768 exenta.
Vistos:
Estos antecedentes y lo dispuesto en la ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue fijado por el DFL Nº1/19.653, de 2000, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia de la República; en la ley Nº 19.880, que establece Bases de los Procedimientos Administrativos que rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la ley Nº 19.886, sobre Contratos Administrativos de Suministro y Prestación de Servicios; en el decreto supremo Nº 250, de 2004, y sus modificaciones, del Ministerio de Hacienda, que aprueba el reglamento de la ley Nº 19.886; en la ley Nº 19.896, que introduce modificaciones al decreto ley Nº 1.263, de 1975, Orgánico de Administración Financiera del Estado y establece otras normas sobre Administración presupuestaria y de personal; en el decreto ley Nº 3.346, de 1980, de Justicia, Ley Orgánica del Ministerio de Justicia; en el decreto supremo de Justicia Nº 1.597, de 1980, Reglamento Orgánico del Ministerio de Justicia; en la ley Nº 20.798, de Presupuestos del Sector Público para el año 2015; en el decreto Nº 218 del Ministerio de Justicia, de nombramiento del Subsecretario de Justicia, Ignacio Suárez Eytel, de 19 de marzo de 2015; en la resolución exenta Nº 1.688, de 29 de julio de 2010, del Ministerio de Justicia, que Faculta al Jefe del Departamento Administrativo para firmar materias que indica y en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República;
Considerando:
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- Que, la delegación de facultades es una institución contemplada en la ley cuya finalidad es permitir una gestión eficiente y eficaz de los órganos de la Administración del Estado, en virtud de la cual, es posible delegar el ejercicio de las atribuciones y facultades propias de que se encuentra dotado una autoridad determinada, mecanismo que deberá efectuarse de forma parcial, sobre materias específicas y en funcionarios de su dependencia.
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- Que, es necesario agilizar los procedimientos administrativos internos de la Subsecretaría de Justicia, dando cumplimiento a los Principios de economía procedimental y eficiencia contemplados en la Ley de Bases Generales de la Administración del Estado.
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- Que, para dar cumplimiento a lo anterior, es...
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