Resolución núm. 3450 EXENTA, publicada el 02 de Junio de 2015. RESOLUCIÓN QUE REGULA EL ENCAMINAMIENTO DE LAS COMUNICACIONES DE VOZ A NÚMEROS DE SERVICIOS DE EMERGENCIA - MINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES - MINISTERIOS - Legislación Oficial - Legislación - VLEX 572252990

Resolución núm. 3450 EXENTA, publicada el 02 de Junio de 2015. RESOLUCIÓN QUE REGULA EL ENCAMINAMIENTO DE LAS COMUNICACIONES DE VOZ A NÚMEROS DE SERVICIOS DE EMERGENCIA

Publicado enDiario Oficial
EmisorMINISTERIO DE TRANSPORTES Y TELECOMUNICACIONES
Rango de LeyResolución

RESOLUCIÓN QUE REGULA EL ENCAMINAMIENTO DE LAS COMUNICACIONES DE VOZ A NÚMEROS DE SERVICIOS DE EMERGENCIA

Santiago, 25 de mayo de 2015.- Con esta fecha se ha resuelto lo que sigue:

Núm. 3.450 exenta.

Vistos:

  1. El decreto ley Nº 1.762, de 1977, que creó la Subsecretaría de Telecomunicaciones;

  2. La Ley Nº18.168, de 1982, General de Telecomunicaciones;

  3. El decreto supremo Nº 746, de 1999, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el PlanTécnico Fundamental de Encaminamiento Telefónico, y sus modificaciones;

  4. El decreto supremo Nº 747, de 1999, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, que aprobó el Plan Técnico Fundamental de Numeración, y sus modificaciones;

  5. El decreto supremo Nº 379, de 2010, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Reglamento que establece las obligaciones para el adecuado funcionamiento del sistema de portabilidad de números telefónicos;

  6. El decreto supremo Nº 18, de 2014, del Ministerio de Transportes y Telecomunicaciones, Reglamento de servicios de telecomunicaciones que indica;

  7. La resolución exenta Nº 340, de 2010, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que establece especificaciones técnicas para la implantación de la portabilidad del número de suscriptor y cliente de prepago en la red pública telefónica local, móvil y del mismo tipo, y de la portabilidad del número de servicio complementario;

  8. La resolución exenta Nº 1.534, de 2008, de la Subsecretaría de Telecomunicaciones, que establece numeración para servicios de emergencia y procedimiento de asignación correspondiente;

  9. La resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la Republica, que fijó normas sobre exención del trámite de toma de razón, y

    Considerando:

  10. Que el Plan Técnico Fundamental de Numeración Telefónica, citado en la letra d) de los Vistos, establece en su artículo 7º que los números de servicios de emergencia corresponden a numeración especial asociada a un servicio que se presta a la comunidad, sin fines de lucro, y que tiene por finalidad salvaguardar los bienes y la vida de las personas;

  11. Que el artículo 29º del Plan Técnico Fundamental de Encaminamiento Telefónico, citado en la letra c) de los Vistos, señala que las compañías telefónicas están obligadas a encaminar todas las comunicaciones con destino a servicios de emergencia, cualquiera sea el origen de aquellas e independientemente de la...

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