Resolución núm. 329 EXENTA, publicada el 14 de Mayo de 2016. DISPONE LA REALIZACIÓN DEL PROCESO PARTICIPATIVO CONSTITUYENTE INDÍGENA QUE INDICA E INICIA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Publicado en | Diario Oficial |
Emisor | MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL |
Rango de Ley | Resolución |
DISPONE LA REALIZACIÓN DEL PROCESO PARTICIPATIVO CONSTITUYENTE INDÍGENA QUE INDICA E INICIA PROCEDIMIENTO ADMINISTRATIVO
Santiago, 6 de mayo de 2016.- Hoy se resolvió lo que sigue:
Núm. 329 exenta.
Visto:
Lo dispuesto en el decreto con fuerza de ley Nº 1/19.653, del Ministerio Secretaría General de la Presidencia, de 2000, que fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la Ley Nº 18.575, Orgánica Constitucional de Bases Generales de la Administración del Estado; en la Ley Nº 19.880, que Establece Bases de los Procedimientos Administrativos que Rigen los Actos de los Órganos de la Administración del Estado; en la Ley Nº 20.530, que Crea el Ministerio de Desarrollo Social y modifica cuerpos legales que indica; en el artículo 34 de la Ley Nº 19.253, que Establece Normas sobre Protección, Fomento y Desarrollo de los Indígenas, y Crea la Corporación Nacional de Desarrollo Indígena; en el decreto supremo Nº 15, de 2012, del Ministerio de Desarrollo Social, que Aprueba Reglamento del artículo 4º de la Ley Nº 20.530, que Crea el Ministerio de Desarrollo Social; en el artículo 6º Nº 1 letra b) y en el artículo 7 del Convenio Nº 169 de la Organización Internacional del Trabajo, promulgado a través del decreto supremo Nº 236, de 2008, del Ministerio de Relaciones Exteriores; en la resolución Nº 1.600, de 2008, de la Contraloría General de la República, que Fija Normas sobre Exención del Trámite de Toma de Razón, y en las demás normas aplicables.
Considerando:
Que, el Programa de Gobierno 2014-2018 de la Presidenta de la República, Sra. Michelle Bachelet Jeria, establece la necesidad de generar una nueva Constitución para Chile, que reconozca y se base en un sistema plenamente democrático, recogiendo las normas y principios de derechos humanos reconocidos en nuestro país y en el ámbito internacional, y que sea impulsada en un proceso democrático, institucional y participativo.
Que, asimismo, establece, en el marco de la discusión de una nueva Constitución para Chile, el desafío impostergable de reconocer constitucionalmente a los Pueblos Indígenas, y debatir ahí un nuevo modo de convivencia como sociedad pluricultural. Para estos efectos, señala que los Pueblos Indígenas y la sociedad en general serán actores fundamentales en este debate, comprometiéndose a garantizar su participación plena en todo el proceso, teniendo presente la idea de un Estado pluricultural que garantice sus derechos individuales y colectivos.
Que, el proceso constituyente debe comprenderse como una política de Estado que impulsa el acuerdo y la participación de toda la sociedad en las diferentes instancias de conversación y deliberación.
Que, en este sentido, el Programa de Gobierno 2014-2018 reconoce como deber del Estado la implementación de los tratados que ha ratificado en materia de derechos de los Pueblos Indígenas y la adecuación de su legislación para que sea acorde con dichos estándares. Asimismo, reitera la necesidad de efectuar un reconocimiento e implementación efectiva de sus derechos, teniendo por delante distintos...
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